Diario Constitucional

Con suspensión.

TC admite a trámite inaplicabilidad que impugna normas del Código del Trabajo que regulan el desafuero de dirigente sindical.

En su condición de dirigente sindical no procede que se le aplique el régimen común de terminación de la relación laboral.

Por Redacción·28 de agosto de 2021·2 min de lectura
Norma que no concede recurso de nulidad contra sentencia condenatoria dictada en segundo juicio penal luego anularse el primero en que también se impuso condena, se impugna nuevamente ante el Tribunal Constitucional.
Referencial

La Segunda Sala del Tribunal Constitucional admitió a trámite, para pronunciarse sobre su admisibilidad, un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad que impugna los artículos 160 N°7 y 174 del Código del Trabajo.

Los preceptos legales objetados establecen: “Artículo 160. El contrato de trabajo termina sin derecho a indemnización alguna cuando el empleador le ponga término invocando una o más de las siguientes causales: 7.- Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato”.

“Artículo 174. En el caso de los trabajadores sujetos a fuero laboral, el empleador no podrá poner término al contrato sino con autorización previa del juez competente, quien podrá concederla en los casos de las causales señaladas en los números 4 y 5 del artículo 159 y en las del artículo 160”.

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