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Corte Suprema.
Corte Suprema.

Contraloría extralimitó su potestad interpretativa al exigir para la interposición de un recurso un requisito no previsto en la norma.

Debe primar el principio in dubio pro recurso, máxima según la cual, ante la existencia de un dilema sobre la concesión, tramitación o decisión de cualquier medio de impugnación, debe preferirse la interpretación que mejor convenga a la eficacia del recurso.

12 de septiembre de 2021

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que rechazó el recurso de protección deducido por un funcionario del Servicio Médico Legal (SML) en contra de la Contraloría General de la República.

El actor denunció la vulneración de los derechos a la igualdad ante la ley, a la igual protección de sus derechos, libertad de trabajo y propiedad, originada por el rechazo del reclamo que dirigió en contra de la resolución que dispuso su destitución.

Expuso que, en el año 2018, se ordenó instruir una investigación sumaria administrativa en su contra, producto de eventuales irregularidades en la entrega de un cadáver a una persona que no cumplía con los requisitos de prelación para recibirlo. Tal procedimiento culminó con la dictación de la resolución que ordenó aplicar en su contra la medida disciplinaria de destitución.

Agregó que presentó un recurso de reposición y, en subsidio, apelación, en contra de dicho acto administrativo, remitiendo el escrito en formato digital a la casilla de correo electrónico de quien servía la Dirección Nacional del SML; sin embargo, previa certificación de no haberse interpuesto recursos, se dictó aquella que aplicó la referida medida, de la cual la Contraloría tomó razón.

En tal contexto, reclamó ante el órgano de control, quien rechazó su presentación, argumentando que, si bien son admisibles presentaciones digitales, no era válido el recurso adjunto a un correo dirigido a la casilla del funcionario encargado de resolverlo, reprochando al actor no haber seguido el conducto regular que ordenaba remitir su libelo de impugnación a la casilla destinada a la recepción de la correspondencia electrónica dirigida a la Dirección Nacional del SML.

La Corte de Santiago rechazó la acción constitucional, sosteniendo que la Contraloría actuó dentro del ámbito de su competencia, mediante decisión fundada, no antojadiza, previo estudio acabado de los antecedentes, interpretando la normativa jurídica vigente; advirtiendo que el arbitrio se sustentó en la disconformidad del actor con lo resuelto y con la sanción impuesta en su contra.

Conociendo la sentencia en alzada, el máximo Tribunal expone que el artículo 141 del Estatuto Administrativo se limita a ordenar que el recurso de apelación sólo puede ser interpuesto en subsidio de la reposición; y que el recurso de reposición -y, por inferencia, el de apelación-debe ser presentado ante el mismo funcionario que dictó la medida disciplinaria.

En consecuencia, arguye que la Contraloría, al rechazar el reclamó, exigió requisitos que no se encuentran previstos en la norma, extralimitando la potestad interpretativa de la ley administrativa que la Constitución y su regulación orgánica le confieren.

Seguidamente, sostiene que, en aplicación del criterio de impugnabilidad de los actos de la Administración del Estado, reglado en el artículo 15 de la Ley Nº 19.880, ante la incertidumbre sobre la recepción y lectura del arbitrio ha de primar el principio in dubio pro recurso, máxima según la cual, ante la existencia de un dilema sobre la concesión, tramitación o decisión de cualquier medio de impugnación, debe preferirse la interpretación que mejor convenga a la eficacia del recurso, con prescindencia de cuál ha de ser la resolución de fondo.

En ese orden de razonamiento, concluye que es ilegal el dictamen emitido por Contraloría, por basar su decisión en exigencias no previstas en la ley, así como la resolución emitida por el SML, que ordenó aplicar al actor la medida de destitución, a pesar de que, ante la incertidumbre y frente a las alegaciones del afectado, debió tenerse por establecido que existían recursos administrativos pendientes y que, por lo tanto, el acto sancionatorio no se encontraba firme

Por lo expuesto, revoca la sentencia dictada por la Corte de Santiago y, en su lugar, acoge el recurso de protección y deja sin efecto las resoluciones dictadas por la Contraloría y el SML, ordenando retrotraer la investigación sumaria administrativa seguida en contra del actor a su etapa de impugnación, quedando el procedimiento administrativo en condiciones de ser conocido el recurso de reposición con apelación subsidiaria; previendo que, en caso de resultar inubicable el texto digital del arbitrio en los servidores del Servicio, el SML deberá proveer la copia que será proveída por la defensa del administrado.

 

Vea texto de la sentencia Corte Suprema Rol N°39.537-2021 y Corte de Santiago Rol N°94.240-2020.

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