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Imagen: radio agricultura
Guía legal.

Cuota de género en la integración de los organismos vinculados a la pesca y en el registro pesquero artesanal.

Ni los integrantes hombres ni las integrantes mujeres podrán superar los dos tercios del total. Eso se aplicará en los Comités Científicos Técnicos, Comités de Manejo, Consejos Zonales de Pesca, Consejo Nacional de Pesca, Comisión Nacional de Acuicultura y, en general, en toda otra instancia de participación que establezcan la ley de pesca u otras leyes relacionadas con los recursos hidrobiológicos.

18 de septiembre de 2021

En una reciente publicación de la Biblioteca del Congreso Nacional se explica la ley que establece medidas para la equidad de género en el ámbito de la pesca artesanal.

¿Qué pide la ley que se considere en la política pesquera?
Se pide que se tenga en consideración la perspectiva de género y los efectos que de ella se produzcan.

¿En qué se debe traducir eso?
La política pesquera nacional y la política nacional de acuicultura deberán favorecer la igualdad de derechos y de oportunidades entre hombres y mujeres dentro del sector. Para eso, se procurará eliminar toda forma de discriminación arbitraria basada en el género; la plena participación de las mujeres en los planos cultural, político, económico y social, y el ejercicio de sus derechos humanos y libertades fundamentales.

Asimismo, la política pesquera nacional y la política nacional de acuicultura deberán velar por el cumplimiento de las obligaciones contenidas en los tratados internacionales ratificados por Chile en materia de equidad de género y que se encuentren vigentes.

¿Qué pasa con los organismos vinculados a la actividad pesquera?
Se establece una cuota de género para los organismos. Ni los integrantes hombres ni las integrantes mujeres podrán superar los dos tercios del total.

Eso se aplicará en los Comités Científicos Técnicos, Comités de Manejo, Consejos Zonales de Pesca, Consejo Nacional de Pesca, Comisión Nacional de Acuicultura y, en general, en toda otra instancia de participación que establezcan la ley de pesca u otras leyes relacionadas con los recursos hidrobiológicos.

¿Qué pasa si se aplica la fórmula y el tercio calculado es inferior a un cupo?
En tal caso, se asegurará la participación de al menos un miembro hombre o mujer en la instancia respectiva, primando, en todo caso, la proporción mínima de un tercio.

¿Qué se pide a las autoridades?
Las autoridades, en especial las involucradas en la conformación de las instancias de representación o participación, propenderán a la equidad de género en sus actuaciones o concesión de beneficios, en especial al determinar los registros que les corresponda conformar.

¿Qué dice la ley sobre las actividades conexas a la pesca?
La ley incorpora el género femenino en el texto que alude las siguientes actividades:

a. Encarnadoras y encarnadores: aquellas personas que preparan el arte de pesca de espineles, colocando la carnada en el respectivo anzuelo.

b. Charqueadoras y charqueadores: aquellas personas que realizan el proceso de secado y salado del pescado.

c. Ahumadoras y ahumadores: aquellas personas que realizan el proceso de cocido de pescado mediante humo.

d. Tejedoras y tejedores: aquellas personas que realizan el armado y remiendo de las redes de la pesca artesanal.

e. Fileteadoras y fileteadores: aquellas personas que apoyan en la limpieza de los productos en el proceso de comercialización directa desde la embarcación al público.

f. Carapacheras y carapacheros: aquellas personas que se ocupan de extraer el producto marino desde el interior del crustáceo para su posterior venta o procesamiento.

g. Desconchadoras y desconchadores: aquellas personas que se ocupan de separar el producto marino de las conchas de mariscos para su posterior comercialización o procesamiento.

¿Qué se determina respecto del Consejo Nacional de Pesca?
De los siete consejeros que nombra el Presidente o Presidenta de la República con acuerdo del Senado al menos dos deberán ser mujeres.

¿Qué debe hacer el Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de Pequeña Escala, Indespa en materia de equidad de género?
Deberá promover la inclusión y la equidad de género en las distintas etapas productivas del sector artesanal, disminuyendo las brechas de género en la participación sectorial mediante actividades de capacitación.

 

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