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Corte Penal Internacional
“Guerra contra las drogas”

La Sala de Cuestiones Preliminares de la Corte Penal Internacional autoriza la apertura de una investigación sobre la situación de Filipinas.

Existen antecedentes suficientes que indican la existencia de un ataque generalizado y sistemático contra la población civil como consecuencia de una política del Estado, en el sentido de los artículos 7.1 y 2.a del Estatuto de Roma.

19 de septiembre de 2021

La Sala de Cuestiones Preliminares de la Corte Penal Internacional (CPI) acogió la solicitud del Fiscal de la Corte, por medio de la cual se solicitó la apertura de una investigación en relación con los crímenes de competencia de la Corte, presuntamente cometidos en Filipinas entre el 1 de noviembre e 2011 y el 16 de Marzo de 2019, en el marco de la campaña de “guerra contra las drogas”.

El caso se refiere a los actos ejecutados por grupos de policías y vigilantes quienes perpetraron numerosos asesinatos de hombres –predominantemente jóvenes– sospechosos de estar involucrados en el tráfico de drogas a pequeña escala o en delitos menores como pequeños robos y consumo de drogas. La Sala toma nota, en particular, de la existencia de un «escuadrón de la muerte» en el que las fuerzas de orden estarían implicadas. Existe información de que solo entre 2011 y 2015 hubo alrededor de 385 víctimas de ejecuciones extrajudiciales a manos del referido “escuadrón”.

La Corte Penal consideró que existe una base razonable para proceder a una investigación, por cuanto, estima, concurre el elemento específico del crimen de lesa humanidad de asesinato consagrado en el artículo 7(1)(a) del Estatuto de Roma, en relación con los asesinatos cometidos en Filipinas entre el año 2016 y 2019.

La Corte puntualizó que, sobre la base de tales hechos, los asesinatos cometidos en el marco de la “guerra contra las drogas” no puede considerarse una política legitima, ni tampoco puede considerarse se trata de “meros excesos”. Por el contrario, refiere que los antecedentes preliminares indican la existencia de un ataque generalizado y sistemático contra la población civil, como consecuencia de una política del Estado, en el sentido de los artículos 7.1 y 2.a del Estatuto.

El fallo precisa que Filipinas depositó una notificación de retirada del Estatuto de Roma en 2018, la que entro en vigor el 17 de marzo de 2019. Por lo anterior, la Corte mantiene su competencia únicamente respecto de los presuntos crímenes ocurridos entre el año 2011 y el 16 de marzo de 2019.

Vea texto de la resolución de la Corte Penal Internacional.

 

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