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Libertad de enseñanza.

Tribunal Constitucional de España admite a trámite recurso de inconstitucionalidad interpuesto por Vox contra normas de la Ley de Protección de la Infancia y la Adolescencia.

Los recurrentes alegan que la ley incorpora en el currículo obligatorio una doctrina estatal cuyo objetivo es adoctrinar a los niños, niñas y adolescentes.

16 de octubre de 2021

El Tribunal Constitucional de España admitió a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por más de cincuenta diputados del partido político Vox en contra de parte de los artículos 26, 27 y 30 de la Ley Orgánica 8/2021 sobre protección integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia.

Los actores consideran que las normas impugnadas pueden vulnerar, entre otros derechos, la libertad ideológica y religiosa; el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones; el derecho a la intimidad; y, el derecho a la tutela judicial efectiva.

Denuncian que el artículo 30 incluye una referencia a la “educación afectivo sexual” y que, en el mismo sentido, el Título III de la ley se refiere a que los niños, niñas y adolescentes deberán recibir “una educación afectivo sexual, adaptada a su nivel madurativo y, en su caso, discapacidad, orientada al aprendizaje de la prevención de toda forma de violencia y discriminación, con el fin de ayudarles a reconocerla y reaccionar frente a la misma”.

Consideran que estas referencias incorporan una ideología estatal que tiene como fin último adoctrinar a los alumnos. En este sentido, señalan que “el Estado impone al alumnado y a sus progenitores una doctrina estatal que se incluye además en el currículo como contenido obligatorio en el que necesariamente habrán de ser evaluados los niños y ello aunque esas convicciones estatales puedan resultar frontalmente opuestas a las de sus progenitores”

Finalmente, recalcan que la libertad de enseñanza precisa de neutralidad ideológica del Estado, de tal forma que la educación “sirva a la transmisión de conocimientos y no al adoctrinamiento estatal en una determinada ideología partidista”.

El Tribunal Constitucional confirió traslado al Congreso de los Diputados y al Senado para que, en el plazo de 15 días, puedan apersonarse en el proceso y formular las alegaciones que estimen convenientes.

Vea resolución que admitió a trámite el recurso de inconstitucionalidad.

 

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