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En un sector aledaño al Santuario de la Naturaleza Campo Dunar de Concón.

Segundo Tribunal Ambiental levantó medida cautelar asociada a revegetación de dunas en Concón.

En el análisis de los nuevos antecedentes presentados, el Tribunal concluyó que la naturaleza de la medida de revegetación contenida en la acción N°4 del programa de cumplimiento refundido, busca hacerse cargo de los efectos que podrían haberse generado con ocasión de la infracción.

21 de octubre de 2021

El Segundo Tribunal Ambiental acogió, con dos votos contra uno, las solicitudes de alzamiento de la medida cautelar de paralización del proceso de revegetación que realiza la Sociedad Urbanizadora Reñaca Concón S.A. (Reconsa) en un sector aledaño al Santuario de la Naturaleza Campo Dunar de Concón, Región de Valparaíso.

Las solicitudes de alzamiento de la medida cautelar fueron presentadas por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y Reconsa, en el marco de la reclamación presentada en el Tribunal por la Corporación Pro-Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar y la Fundación Yarur Bascuñán, en contra de la resolución de la SMA que aprobó el programa de cumplimiento de la empresa. Cabe recordar que a mediados de septiembre de este año, el Tribunal había acogido la solicitud de medida cautelar presentada por la reclamante.

En el análisis de los nuevos antecedentes presentados, el Tribunal concluyó que la naturaleza de la medida de revegetación contenida en la acción N°4 del programa de cumplimiento refundido, busca hacerse cargo de los efectos que podrían haberse generado con ocasión de la infracción.

El Tribunal también constató -en base a los antecedentes aportados- que no existe susceptibilidad de impacto evidente al “Santuario de la Naturaleza Campo Dunar Punta de Concón”, atendida la naturaleza de la acción de revegetación planteada, lo que lleva a concluir -dice- que no hay peligro en la demora. “Lo referido, sin perjuicio del análisis de fondo que este Tribunal efectuará en su momento respecto del PdC”.

“Que, de conformidad con todas las consideraciones anteriores, el Tribunal concluye que los supuestos que fundamentan una medida cautelar de la naturaleza decretada en autos no concurren. De igual forma, tampoco se han acompañado antecedentes suficientes que permitan mantener la medida cautelar”, termina la resolución que levantó la medida.

Las solicitudes de alzamiento de medida cautelar fueron conocidas por los ministros Alejandro Ruiz, presidente, Cristián Delpiano y Cristián López, luego de audiencia al efecto, y su levantamiento fu acordado con el voto en contra del ministro Delpiano.

Antecedentes de la reclamación

– 27 de agosto de 2020, la SMA formuló cargos en contra de Reconsa, por la ejecución del proyecto “Costa de Montemar VI en el área protegida Santuario de la Naturaleza “Campo Dunar de la Punta de Concón” y afectación de duna adyacente al margen del SEIA. Esta infracción fue clasificada como gravísima. (Res. Ex. N°1/2020).

– 1 de octubre de 2020, la empresa presentó un programa de cumplimiento, el cual fue objeto de observaciones, tras lo cual Reconsa presentó un programa de cumplimiento refundido.

– 14 de enero de 2021, la SMA aprobó el programa de cumplimiento refundido, con correcciones de oficio (Res. Ex. N°07/Rol D-118-2020).

– 5 de febrero de 2021, la Corporación Pro-Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar y la Fundación Yarur Bascuñán presentaron ante el Segundo Tribunal Ambiental una reclamación en contra de la resolución de la SMA que aprobó el programa de cumplimiento.

– 9 de agosto de 2021, el Tribunal tuvo a Reconsa como tercero coadyuvante de la SMA y rechazó la primera solicitud de medida cautelar presentada por los reclamantes.

– 26 de agosto de 2021, los reclamantes reiteraron al Tribunal su solicitud de dictar la medida cautelar de paralización del proceso de revegetación.

– 14 de septiembre, el Tribunal acogió la solicitud de medida cautelar.

– 12 de octubre se realizó la audiencia de revisión de la medida cautelar a solicitud de la SMA y Reconsa.

 

Vea resolución y expediente de la causa R-277-2021, Corporación Pro-Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar y otro en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente (Res. Ex. N°7 del 14 de enero 2021).

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