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El humedal Alto La Paloma
Proyecto inmobiliario.

Tercer Tribunal Ambiental escuchó alegatos por cumplimiento de medida cautelar en Alto La Paloma.

Demandantes acusan que la empresa Alto Volcanes SpA estaría incumpliendo la orden decretada en octubre por el Tribunal, lo que es desmentido por la empresa.

27 de noviembre de 2021

Este viernes se llevó a cabo la audiencia de incidente por el presunto incumplimiento de la medida cautelar decretada por el Tercer Tribunal Ambiental el pasado 5 de octubre, que ordenó “el cese de toda actividad de disposición de tierra, materiales o residuos, construcción de caminos y de relleno, secado o drenaje, que desarrolle la demandada Inmobiliaria Alto Volcanes SpA, en los humedales Alto La Paloma (675500.00 m E; 5408961.00 m N) y la Wuiña (675566.00 m E; 5410058.00 m N), en la comuna de Puerto Montt” y “la prohibición de tala, corte, poda o destrucción de bosque nativo existente en los humedales referidos y predio objeto del proyecto inmobiliario, mientras no se cuente con el correspondiente plan de manejo otorgado por la autoridad competente”.

La audiencia se realizó luego que la parte demandante, Comité de Trabajo Alto La Paloma-Oriente, acusara que la empresa Alto Volcanes SpA estaría incumpliendo dicha medida, para lo que presentó testigos  integrantes de organizaciones ambientales de la zona.

Por su parte, la empresa presentó a ingeniero civil, quien elaboró un informe con imágenes satelitales que se encuentra acompañado al proceso y a su jefe de proyecto.

Tras la prueba testimonial, la abogada de la demandante, pidió al Tribunal tener por incumplida la medida cautelar, ya que la evidencias presentadas por la empresa serían poco prolijas; mientras que Alto Volcanes SpA solicitó tener poner acreditado el cumplimiento de la medida cautelar, ya que la demandante no habría aportado antecedentes que demuestren lo contrario.

Vea resolución y expediente D-7-2021

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