Reclamación interpuesta por cuatro organizaciones y una empresa de Puerto Varas.
Tercer Tribunal Ambiental: Alegaron reclamación por proyecto inmobiliario en el río Maullín.
Los reclamantes piden anular la aprobación del Programa de Cumplimiento por la SMA, mientras que el organismo fiscalizador asegura que se ajustó a derecho.

El Tercer Tribunal Ambiental escuchó los alegatos en la reclamación interpuesta por cuatro organizaciones y una empresa de Puerto Varas, en contra de la resolución de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), que aprobó el Programa de Cumplimiento (PdC) presentado por Alto Maullín SpA, y suspendió el procedimiento sancionatorio por la ejecución del proyecto “Parque Natural Residencial Alto Maullín”.
En su alegato, los reclamantes (Fundación Legado Chile y otros) sostuvieron que la resolución de la SMA no se ajustaría a derecho y que el PdC no se hace cargo de la necesidad de que el proyecto ingrese al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), por la eventual afectación al Sitio Protegido río Maullín, donde se emplaza parte del mismo.
Según los reclamantes, la decisión del titular de fusionar 21 lotes y excluirlos de la venta para dejarlos con el objetivo de conservación, no permite garantizar la ausencia de impactos en el área protegida, ya que la comercialización y uso residencial de las otras parcelas puede afectar a la biodiversidad del lugar. Adujeron que la Corte Suprema ha establecido que aquellos proyectos que se encuentran en las cercanías de áreas protegidas sobre las que pueden generar impactos, deben ser evaluados ambientalmente.
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