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Corte Suprema.
Apercibimiento legal por no exhibición de documentos.

Recurso de protección contra Cámara de Comercio de Santiago que se negó a eliminar deuda registrada, se admite a trámite por la Corte Suprema.

Del mérito de los antecedentes aparece de manifiesto que en el libelo se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir una vulneración de las garantías fundamentales consagradas en la Constitución.

19 de diciembre de 2021

La Corte Suprema revocó la resolución pronunciada por la Corte de Santiago, y declaró admisible el recurso de protección deducido en contra de la Cámara de Comercio de Santiago, que se negó a eliminar una deuda registrada, cuyo título sostiene el recurrente quedó sin valor probatorio.

En su libelo, el actor expone que, al solicitar su certificado de antecedentes comerciales tomó conocimiento de que Itaú Corpbanca le registró una deuda por un monto de $41.728.251.-, lo cual no sería efectivo, y por ello, solicitó ante los tribunales de justicia la exhibición del pagaré o título que fundare aquel crédito.

Explica que, en el mes de agosto del año 2021 el Banco concurrió a la audiencia decretada en dicha causa, oportunidad en que el Tribunal resolvió: “atendido el mérito de autos y la no exhibición por la parte solicitada de los documentos ordenados exhibir, como se pide, hágase efectivo el apercibimiento solicitado, perdiendo la solicitada el derecho a hacer valer los documentos cuya exhibición se ha solicitado con posterioridad en el presente juicio”.

Alega que, pese a ello, la institución financiera no eliminó la deuda informada basada en que “las anotaciones dicen relación con el protesto de diversos cheques girados contra una cuenta corriente del Banco Itaú, sin que este último haya expresado ser el acreedor de dichas obligaciones. Por consiguiente, el apercibimiento decretado es en contra del Banco Itaú y no en contra de los legítimos tenedores de los cheques cuyos protestos aparecen publicados en el Boletín de Informaciones Comerciales”.

Sostiene que la negativa de la Cámara de Comercio de Santiago es ilegal y arbitraria, pues vulnera las garantías aseguradas en el artículo 19 N°2, N°4 y N°5 de la Constitución; y solicita se le ordene la eliminación de sus datos personales del registro indicado.

La Corte de Santiago declaró inadmisible el recurso, estimó que “los hechos descritos en la presentación sobrepasan los márgenes del recurso interpuesto, toda vez que aquéllos deben ser discutidos y probados en un procedimiento judicial declarativo, lo que se contrapone con la naturaleza cautelar de la acción de protección”.

La Corte Suprema revocó la resolución y declaró admisible el recurso, al considerar que del mérito de los antecedentes aparece de manifiesto que en el libelo se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir una vulneración de las garantías fundamentales indicadas en el artículo 20 de la Constitución, razón por la que el recurso debe ser acogido a tramitación.

 

Vea texto de la resolución Corte Suprema Rol N°93.015-2021 y Corte de Santiago Rol N°40.931-2021 y del recurso.

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