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Fuente: Universidad Kennedy.
Debiendo considerarse tal pérdida para fijar el monto de la indemnización.

Universidad de Argentina es condenada al pago de una indemnización por la demora en la entrega del título a licenciada en psicología.

La demandante debe ser indemnizada ya que se acreditó que efectivamente perdió una oportunidad laboral por la demora en la entrega del título.

18 de enero de 2022

La Cámara Nacional de Apelaciones de Buenos Aíres (Argentina), confirmó el fallo que condenó a una Universidad al pago de una indemnización pecuniaria en favor de una egresada de la carrera de psicología por la demora de casi un año en la entrega del título universitario.

El Tribunal tuvo presente que el juez de instancia dio por acreditado que la Universidad inició el trámite de titulación ante el Ministerio de Educación en enero de 2018, ocho meses después de que la demandante entregara la documentación necesaria para el otorgamiento. Asimismo, tuvo presente que las exigencias del Ministerio no implicaban una adición de requisitos tal que justifique la demora en la emisión del diploma, y, por otra parte, la Universidad guardó un llamativo silencio frente a lo informado por la Dirección Nacional de Gestión Universitaria acerca de que nunca se dejó de recibir diplomas para su legalización de ninguna universidad del país.

En ese sentido, el Tribunal concluye que la Universidad demandada carece de motivos que logren justificar su responsabilidad en la demora incurrida en el trámite de emisión de un título universitario porque la readecuación de la malla curricular para que la entidad educativa se ajuste a las nuevas normas dictadas sobre educación, no resulta una eximente válido dada la calidad de entidad esencialmente profesional y empresaria que posee la Universidad, ello asociado al interés público presente en la regulación de la educación superior, lo que conduce a afirmar que los inconvenientes suscitados constituyen, en el mejor de los casos, una contingencia propia del riesgo de la actividad educativa que ofrece como servicio al público en general, lo que descarta por completo la existencia de un caso fortuito.

En definitiva, el Tribunal resuelve que la demandada debe indemnizar a la actora por la demora injustificada en la emisión de su título universitario, toda vez que ella logró acreditar en el proceso que efectivamente perdió una oportunidad laboral por la demora en la entrega del título, debiendo considerarse tal pérdida para fijar el monto indemnizatorio, así como su condición de profesional recién egresada y las vicisitudes del mercado laboral.

 

Vea texto de la sentencia.

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