Diario Constitucional

Seguridad social.

Aseguradora de Riesgos del Trabajo es multada por omitir injustificadamente revisión médica periódica de trabajadores.

La Aseguradora no acreditó que su incumplimiento fuese justificado por algún impedimento o por la suscripción de un convenio eximente de responsabilidad.

Por Redacción·17 de enero de 2022·2 min de lectura
Fuente: Vivi Saludable
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Una Cámara Nacional de Apelaciones de Argentina, confirmó la multa impuesta a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo por no realizar los exámenes y revisiones médicas periódicas a las que estaba obligada respecto a trabajadores de una empresa de transportes de Buenos Aires.

El Tribunal destacó que la Aseguradora no informó a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo sobre algún impedimento que obstaculizara la ejecución de los controles preventivos a los trabajadores, tampoco invocó la existencia de algún convenio expreso con los afiliados o el empleador que traspasara la responsabilidad de los exámenes de salud a los trabajadores o su empleador.

Al respecto, el fallo precisó que toda contingencia que pudiera poner en peligro u obstaculizar el acatamiento de los mandatos legales debe ser puesta en conocimiento de Superintendencia, lo queo incluye la suscripción de convenios unilaterales o colectivos que traspasen la obligación de realizar los exámenes a los trabajadores a otras instituciones.

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