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Imagen: La Tercera
Derecho a la vida.

Acción de protección interpuesta por el Senador Alejandro Navarro en contra del Director del Servicio de Salud Arauco y la Seremi de Salud del Biobío, por graves deficiencias en instalaciones del Hospital de Curanilahue, se acoge a trámite.

Alegan que un paciente ya perdió la vida tras no haber podido acceder a una atención oportuna por la crisis que viven por la falta de ambulancias.

20 de enero de 2022

La acción fue presentada ante la Corte de Apelaciones de Concepción por el senador Alejandro Navarro, en favor de un grupo de ciudadanos de la Provincia de Arauco que han visto vulnerado su derecho a la vida por la deficiencia en el acceso a la salud que está generando la falta de ambulancias e implementos imprescindibles para una adecuada atención de salud.

En su líbelo, el recurrente señala que la zona de Curanilahue fue declarada el año 2014 zona de rezago por el decreto N°1.116, lo que se actualizó con la Ley N°21.074, de Fortalecimiento a la Regionalización del País.

Añade que, el año 2019, la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo dio a conocer un reglamento, que fija un plan para sacar a las “zonas rezagadas” de dicha condición, fijándose un plan de ocho años, sin prórroga, para salir de ese estado.

Sin embargo, no se ha cumplido lo consignado y agrega que el Gobierno ha entregado información errónea y engañosa al Senado, informándose que, en el contexto del Plan Regional de Biobío, se presentaron 33 iniciativas, de las cuales 20 se encuentran finalizadas. En estas cifras, según lo indicado en el documento entregado a cada senador, se encuentra la reparación del Hospital de Curanilahue y la entrega de vehículos para los servicios de Salud.

Refiere que, la información es falsa, debido a que los hechos ocurridos en las últimas semanas evidencian la falta de vehículos de emergencia y la ausencia de trabajos de mejoras en el Hospital, donde ya ha muerto al menos una persona por no recibir atención oportuna.

Agrega que, el Hospital atraviesa una crisis a nivel de infraestructura. Así, en julio de 2020 los funcionarios del recinto denunciaban la existencia de goteras, que producían anegamientos en el lugar, falta de agua caliente en lavandería, lo cual es fundamental en el contexto de pandemia, como tampoco funcionaban los equipos de esterilización al 100%, ni las residencias SAMU para el descanso de sus funcionarios.

Menciona que, en septiembre del año 2021, se acusó la falta de especialistas en el Hospital, relatando que, en ese entonces, no se contaba con un médico cirujano, anestesista ni traumatólogo.

Añade que, en enero del 2022, los funcionarios nuevamente se ven en la obligación de informar las malas condiciones del recinto, explican que existen problemas con el ascensor para camillas, que se trasladan fallecidos en montacargas, que se hospitalizan a personas en pisos que no corresponden, se bajan a pacientes por montacargas y muertos por las escaleras, todo esto porque el ascensor se encuentra en malas condiciones.

Días después de la denuncia, la Fenats Nacional ocupó dependencias del recinto, para exigir soluciones al mal estado de sus instalaciones. Añaden a las denuncias existentes que el establecimiento se encuentra sin red de electricidad, el montacargas descompuesto, hacinamiento en el primer piso y en la urgencia y la falta de ambulancias, lo que es particularmente grave, ya que es el recinto más importante de la Red de Salud de Arauco.

Sostiene que, las conductas denunciadas se traducen en una vulneración de las garantías consagradas en el artículo 19 N°1 y N°9 de la Constitución y solicitan que el Servicio de Salud de Arauco repare de manera inmediata el ascensor para las camillas, y que asegure por cualquier vía la posibilidad de ambulancia para los pacientes del Hospital de Curanilahue.

Además, solicita se decrete orden de no innovar a objeto que, de manera inmediata, el Servicio de Salud Arauco disponga de ambulancias para el Hospital de Curanilahue, salvaguardándose así la crisis de por ausencia de vehículos.

Finalmente, la Corte de Concepción declaró admisible el recurso y rechazó la orden de no innovar, por considerar que no existen antecedentes suficientes que la justifiquen.

 

Vea texto de la resolución Corte de Concepción Rol N°879-2022 y del recurso.

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