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Imagen: T13.cl
Pase de movilidad.

Acción de protección intentada por familiares de adulto mayor internado en hogar de ancianos que no cuentan con su esquema de vacunación completo lo que les impide visitarla, se declara inadmisible.

No se advirtió actuar ilegal ni arbitrario por parte de la recurrida, al enmarcarse dentro de las políticas públicas implementadas por la autoridad sanitaria.

21 de enero de 2022

La Corte Suprema confirmó la resolución pronunciada por la Corte de Valparaíso, que declaró inadmisible la acción de protección deducida en contra del Hogar de Ancianos Las Tres Marías, por haber suspendido la relación afectiva que tienen con su madre y abuela, por no contar con su “pase de movilidad”.

En su libelo, la recurrente señala que su abuela se encuentra en el hogar de ancianos Las Tres Marías hace cinco meses, y no han podido visitarla, debido a que no cuentan con su esquema de vacunación contra el Covid-19 completo, debido a convicciones religiosas y a la desconfianza que les provocan las vacunas, por lo que, a su vez, tampoco cuentan con el “pase de movilidad”, el que es exigido por la recurrida para realizar visitas.

Considera que el actuar de la recurrida vulnera las garantías establecidas en el artículo 19 N°1, N°2, N°3, N°6, N°9 y solicita se deje sin efecto la medida implementada por la recurrida, de condicionar o entorpecer la relación con la familiar confinada en el hogar.

La Corte de Valparaíso rechazó el recurso. Razonó que, “atendido el mérito de los antecedentes, estimando esta Corte que la controversia planteada excede a los fines y naturaleza de este arbitrio de excepción, toda vez que no se advierte el actuar ilegal o arbitrario de la recurrida, por cuanto se enmarca en las políticas públicas de la autoridad sanitaria sobre la materia, no correspondiendo a los Tribunales de Justicia determinar su establecimiento.”

La Corte Suprema confirmó la resolución en alzada.

 

Vea texto de las resoluciones Corte Suprema Rol N°1.060-2022 y Corte de Valparaíso Rol N°52.687-2021 y del recurso.

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    1. Increíble que en este siglo, una persona se niege a vacunarse por convicciones religiosas y desconfianza a la vacuna, prefiriendo su ignorancia al bienestar propio y el de su madre y abuela.

    2. Las vacunas de los familiares no protegen en NADA a los ancianos. Lo importante es que los ancianos estén vacunados. Esta decisión es escandalosa, sectaria y liberticida. Digna de las peores dictaduras totalitarias. La justicia al servicio de una ideología.