Seres dotados de sensibilidad.
Tribunal de España considera a un perro como un ser dotado de sensibilidad al resolver sobre su tenencia provisoria.
El fallo señala que todas las decisiones que afecten a un animal deben asegurar su bienestar conforme a las características de cada especie, pues no es una cosa.

Un Tribunal de la provincia de Oviedo (España), aplicó la nueva normativa que considera a los animales como seres dotados de sensibilidad al pronunciarse respecto a la tenencia provisoria de un perro.
El caso se refiere al propietario de un perro que le exigió a una amiga la devolución de su mascota, luego que la dejó a su cuidado por un viaje fuera del país. Ante la negativa de la mujer, el propietario dedujo una querella en su contra por apropiación indebida, tesis que fue rechazada por el tribunal penal. No obstante, el propietario del animal dedujo a través de la justicia civil una acción reivindicatoria de bien mueble, la que fue acogida por el tribunal que ordenó la devolución de la mascota. La amiga del propietario se opuso a la ejecución invocando la nueva normativa civil que califica a los animales como seres dotados de sensibilidad.
El Tribunal tuvo presente que el propietario del perro no ha tenido contacto con la mascota por más de cuatro años, lo que consta en el proceso y que la parte demandada ha cuidado de él con la máxima diligencia posible, alimentándolo y dándole los cuidados que necesitaba durante todo ese tiempo, al punto que la mascota la reconoce como su propietaria, de acuerdo con lo informado por su veterinaria. En esa línea, la ausencia del demandante durante más de tres años constituye una falta de responsabilidad hacia las necesidades básicas del animal.
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