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Mensaje.

Iniciativa legal modifica la Ley N°20.241, que establece un incentivo tributario a la inversión en investigación y desarrollo.

Se busca establecer mayores incentivos para incrementar el gasto en investigación y desarrollo que realiza el sector privado.

7 de febrero de 2022

El mensaje, ingresado por el Presidente de la República a la Cámara de Diputadas y Diputados, modifica la Ley N°20.241, que establece un incentivo tributario a la inversión en investigación y desarrollo.

El proyecto indica que la inversión en investigación y desarrollo (I+D), es un impulsor importante de la innovación y el crecimiento económico, pero la magnitud y significancia de tales efectos es variable y depende de las particularidades de cada país o empresa.

Refiere que, en nuestro país, el nivel de inversión que se realiza por concepto de investigación y desarrollo sólo alcanza un 0,35% del producto interno bruto (PIB), posicionándolo como el tercer país con menor inversión en relación con el PIB al compararlo con los países miembros de la OCDE, los cuales, en el año 2018 tuvieron en promedio un gasto por este concepto de 2,42% del PIB.

En cuanto a la participación de las empresas en esta actividad, señala que durante el 2010 solo el 25% de la inversión en I+D fue financiada desde este sector, proporción que aumentó a un 30% el año 2018. El gasto restante es financiado por el Estado, universidades, instituciones privadas sin fines de lucro e inversión extranjera. No obstante, el promedio de la OCDE para el gasto en I+D financiado por empresas fue de un 63% el año 2018, lo que deja a Chile nuevamente como el tercer país miembro peor posicionado.

Sostiene que los beneficios tributarios son un mecanismo que se ha implementado desde la década de los noventa en numerosos países miembros de la OCDE, logrando un deseado incremento en la inversión en I+D. En esa lógica, el año 2008 se promulgó la Ley N°20.241, que estableció un incentivo tributario para las empresas que contrataran a centros certificados por la CORFO, para llevar a cabo proyectos de investigación y desarrollo, consistente en que las empresas puedan utilizar como crédito tributario contra el impuesto de primera categoría un monto equivalente al 35% del gasto realizado en investigación y desarrollo.

En base a la experiencia de la implementación de la Ley N°20.241 y la evidencia internacional comparada, propone modificaciones que permitan mejorar los incentivos existentes, optimizar los mecanismos para acceder a los beneficios tributarios y ampliar la cantidad de contribuyentes que lo utilizan, además de entregar mayor certeza jurídica a los postulantes a este beneficio, y reconocer el valioso aporte que ha tenido hasta ahora esta ley, extendiendo su vigencia.

De esta forma, propone el perfeccionamiento y adecuación de ciertos aspectos generales de la ley y de los beneficios tributarios para las inversiones en investigación y desarrollo,  permitiendo las modalidades de contratos de investigación y desarrollo “extramuros” e “intramuros” -realizados con capacidades externas por entidades certificadas para estos fines a cargo de CORFO, y desarrollados con capacidades internas, respectivamente- , se consideren proyectos I+D; y, otorgando mayor certeza tributaria respecto de la aplicación de la Ley sobre Impuesto a la Renta en caso de que CORFO no otorgue total o parcialmente la certificación.

Además, prevé modificaciones al beneficio tributario a la inversión en investigación y desarrollo, a través del aumento del monto máximo del crédito desde 15.000 a 45.000 UTM para el monto máximo del crédito a que tienen derecho los contribuyentes, independientemente de sus ingresos brutos en el ejercicio; inclusión como beneficiarios del crédito tributario a contribuyentes que se encuentren acogidos al Régimen Pro-Pyme General establecido en el numeral 3 de la letra D) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, ya sea que declaren su renta efectiva según contabilidad completa o simplificada; modificación del beneficio tributario, consistente en  la aplicación de un crédito adicional calculado en base a los gastos realizados en ejercicios anteriores a la certificación de CORFO e imputable contra el ejercicio correspondiente al año en el que se obtiene la mencionada certificación; eliminación del doble beneficio para proyectos que reciben subsidio, esto es, aquellos proyectos que cuenten con un subsidio total o parcial por parte de alguna institución pública no podrán acceder a los beneficios de la Ley N° 20.241; eliminación de arancel mínimo que CORFO cobra por el concepto de la evaluación de la postulación de proyectos de I+D; y la extensión del plazo de vigencia de la Ley N°20.241, para que se mantenga en vigor hasta el año 2030 en lugar de hasta el año 2025.

 

Vea Boletín N°14808-19 y siga su tramitación aquí.

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