Controversia sometida al imperio del Derecho.
Recurso de protección de familia de acogida que pretendía participar en el proceso de adopción de la niña que cuidaban, se rechaza.
La petición de los actores fue desestimada por resolución fundada, dictada por un tribunal competente y dentro del procedimiento establecido en la ley.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Valparaíso, que desestimó el recurso de protección interpuesto por una familia de acogida en contra del Juzgado de Familia de San Antonio y el Servicio Nacional de la Niñez, por vulnerar sus derechos a la vida e integridad psíquica, igualdad ante la ley, igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos, vida privada, honra y propiedad, al no permitirles participar del proceso de adopción de la niña que cuidaban.
Los actores expusieron haber sido familia de acogida de la niña durante dos años, desistiendo voluntariamente de su cuidado. No obstante, luego intentaron participar en su proceso de adopción, lo que fue desestimado por el Servicio Nacional de la Niñez, por lo que solicitaron al Juzgado de Familia de San Antonio, el cuidado personal de la niña y que se les permitiera participar del proceso de adopción, peticiones que fueron rechazadas.
Denunciaron que las decisiones de los recurridos son ilegales y arbitrarias, puesto que no resulta razonable excluir del proceso de adopción a una pareja que estuvo con la niña por al menos dos años, haciendo presente la falta de diligencia del Servicio Nacional de la Niñez en su caso, puesto que fue separada de su progenitora en el año 2015, iniciándose los procesos de adopción y búsquedas de familia en los años 2020 y 2021, respectivamente.
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