Diario Constitucional

Si no lo hacen pueden ser desalojados con orden judicial.

«Arrendatarios rebeldes» tendrían 10 días para pagar sus deudas.

La Sala del Senado aprobó por unanimidad el proyecto que establece un procedimiento más ágil y expedito para que los dueños de inmuebles arrendados puedan recuperarlos en casos de morosidades sostenidas o daños.

Por Redacción·09 de marzo de 2022·3 min de lectura
Imagen: Milenio
Referencial

Un procedimiento rápido y expedito que permitiría a los propietarios de inmuebles arrendados, recuperarlos en casos de morosidades sostenidas o daños, está más cerca de materializarse luego que la Sala del Senado aprobara por unanimidad un proyecto en esa línea.

Ahora, la iniciativa que fue objeto de varios cambios fue remitida a la Cámara de Diputadas y Diputados a cumplir su tercer trámite constitucional y en caso de ser aprobada quedaría lista para convertirse en ley.

En lo fundamental se establecen plazos y condiciones para que los propietarios puedan solicitar la restitución de sus bienes arrendados y los pagos asociados a los gastos de consumo de servicios básicos y gastos comunes.

Comentarios (1)

  1. Consuelo

    A leyes como ésta debiera dárseles urgencia. Sus efectos son más cercanos a la gente y satisfacen una verdadera necesidad. Otra medida buena sería, en mi opinión, que se hiciera pública la identidad de los arrendatarios incumplidores consuetudinarios. Hay personas que han hecho un hábito el arrendar con el deliberado propósito de no cumplir. Viven gratis hasta el lanzamiento y quedan impunes la mayor parte del tiempo.

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