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Con prevención.

Corte Suprema acoge recurso de amparo y ordena presencia permanente de médico en centro penitenciario femenino.

El máximo Tribunal confirmó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, que dispuso que Gendarmería adopte las medidas que aseguren la atención médica de las internas, pero la modificó en la parte que había dispuesto la permanencia en el recinto penal de un médico las 24 horas del día.

9 de marzo de 2022

La Corte Suprema confirmó la sentencia que acogió el recurso de amparo interpuesto en representación de internas del Centro Penitenciario Femenino de San Miguel y ordenó que el recinto penal debe contar con la presencia permanente de un médico para la atención de las reclusas.

Internas señalan que Señalan que el 30 de enero de 2022, se produjo el fallecimiento de una interna en el centro de prisión preventiva de mujeres CPF San Miguel, hecho que fue informado por diversos medios de comunicación, concluyendo las recurrentes que dicho deceso se habría ocasionado debido a la falta de servicio y atención oportuna médica por parte de Gendarmería de Chile. Agregan que al día siguiente, defensores penales públicos se entrevistaron con las internas a fin de cerciorarse del estado y de las condiciones de atención de salud en el referido recinto y las internas entrevistadas coincidieron en sus reclamos, refiriendo que el médico del recinto penal asiste solo una vez a la semana por media jornada. Para acceder a él deben pasar por un filtro de una enfermera y finalmente son atendidas por paramédicos que únicamente les proporcionan Paracetamol sea cual sea el problema de salud que las aqueje. Para ejemplificar la situación alegada en el libelo dan cuenta de ocho casos relacionados con sus representadas, refiriendo que en algunos de ellos se han solicitado audiencias de cautela de garantías ante
el juez correspondiente.

Citan el “Quinto Informe sobre la Situación de las Cárceles en Chile” llevado a cabo por el INDH relacionado con la situación de falta de atención médica en los recintos carcelarios que refiere las malas condiciones de implementos, la necesidad de contar con mayor número de profesionales de la salud y con mayor cantidad y variedad de medicamentos.

El fallo concluye que se confirma la sentencia apelada, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, en el Ingreso Corte N° 45–2022, con declaración que Gendarmería deberá disponer de los mecanismos necesarios para la presencia de un médico de atención permanente en la unidad penal.

Se previene que el Ministro Brito también tiene presente que las recurrentes se encuentran privadas de libertad, y que tal condición adiciona riesgos a la seguridad personal, razones por lo que lo pedido en el recurso solo constituye un mínimo que ha de servir además para atender el riesgo de situaciones de violencia al interior de los penales, por lo que es de opinión de confirmar la resolución sin efectuar declaración alguna.

 

Vea sentencia Corte Suprema Rol Nº6.244-2022 y Corte de San Miguel Rol Nº45-2022-

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