Noticias

Imagen: Mujer Hoy.
Violencia de género.

Tribunal de Argentina ordena prisión preventiva en contra de hombre que extorsionaba a su ex pareja con videos íntimos.

El imputado ejercía violencia económica contra su ex pareja, pues la obligaba a entregarle dinero bajo la amenaza de revelar los videos que tenía en su celular.

22 de marzo de 2022

Un Tribunal de Córdoba (Argentina), ordenó la medida cautelar de prisión preventiva en contra de un hombre que extorsionaba a su ex pareja para que le pagara por no publicar sus videos íntimos en redes sociales.

El fallo señala que el caso se desarrolla bajo un evidente contexto de violencia de género, pues la víctima no solo fue extorsionada por el imputado, sino que también sufrió agresiones físicas, psicológicas, violencia económica y afectaciones a su dignidad como mujer.

Enseguida, refiere que la jurisprudencia de la Corte Suprema argentina considera a la víctima del femicidio como una mujer vulnerable asimilable a una persona débil de carácter que es rebajada a la calidad de objeto. Agrega que la normativa internacional establece un alcance general para todas las mujeres independiente de sus características personales, sociales o culturales que pueden ser víctima de violencia de género. De allí que la existencia de este fenómeno toma forma de un modo expansivo, en la medida que se asienta en prácticas sociales y estereotipos que no toman como parámetro otra realidad que la de ser mujer.

Por otro lado, el fallo tuvo en cuenta que la víctima se mantuvo constante en todas las declaraciones, manteniendo de forma coherente la versión indicada en cada una de las ocasiones, lo cual le brinda un plus de credibilidad a su relato. Respecto a los indicadores de peligrosidad que hacen procedente la medida cautelar, el Tribunal destacó el temor de la víctima, la acreditación de la violencia de género, los distintos niveles de violencia, la personalidad agresiva del imputado demostrada en grado de probabilidad en los hechos y el vínculo que unían a la víctima con el victimario, todos indicios suficientes para decretar la medida solicitada.

En definitiva, el Tribunal resolvió que, en base a los antecedentes aportados y lo sostenido por la jurisprudencia, la denuncia de la víctima constituye la gravedad suficiente para la procedencia de la prisión preventiva solicitada, pese a las objeciones de la defensa del acusado que afirmó que ambas partes están dañadas y son vulnerables.

 

Vea texto de la sentencia.

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *