Solicitud de residencia definitiva.
Autoridad migratoria debe considerar todos los antecedentes que aporte el solicitante y no declarar desistida una solicitud por la falta de un documento, resuelve la Corte Suprema.
El Departamento de Extranjería está facultado para solicitar antecedentes actualizados con el objeto de aclarar las solicitudes. No obstante, deberá considerar la suficiencia de todos los documentos aportados antes de emitir un pronunciamiento.

La Corte Suprema confirmó un fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que acogió la acción de protección deducida en contra de la resolución del Departamento de Extranjería que declaró desistida una solicitud de residencia definitiva por falta de antecedentes actualizados y aplicó una multa al recurrido.
El recurrente denunció que la autoridad migratoria declaró desistida su solicitud de residencia definitiva, pese a que subsanó las observaciones dentro del plazo señalado, sin pronunciarse respecto a los antecedentes aportados y le aplicó una multa de $178.125.- por continuar en el país.
La recurrida sostuvo que la actora no acompañó los antecedentes necesarios para gestionar su solicitud, pese a que el Departamento le otorgó un plazo de cinco días hábiles para subsanar las observaciones.
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