Diario Constitucional

Fallo unánime.

Constituye una omisión ilegal y arbitraria la pasividad de diversos organismos respecto de una toma ilegal que perturba los derechos de los vecinos de un conjunto habitacional.

Es indiscutible la afectación de garantías constitucionales que los actores invocan, quienes dieron cuenta de una perturbación permanente de sus condiciones de vida y una amenaza a su seguridad, integridad física y salud.

Por Redacción·22 de abril de 2022·3 min de lectura
Imagen: La Tercera.
Referencial

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Arica y acogió el recurso de protección deducido en representación del Conjunto Habitacional “El Pedregal”, en contra del SERVIU, Gobierno Regional, Delegación Presidencial y Municipalidad, todos de la Región de Arica y Parinacota por la actitud pasiva que mantuvieron respecto de una toma ilegal.

En su libelo, la actora expone que en el sector donde se encuentra emplazado su conjunto habitacional había además un proyecto de áreas verdes, sin embargo, ahora existe una ocupación ilegal, denominada “El Pedregal Bajo”.

Agregan que se han levantado y construido mediaguas sin ningún tipo de autorización y se ha incrementado exponencialmente el número de ocupantes. Esto ha traído ruidos y olores molestos, incendios, peleas, gritos, sexo en público, fiestas clandestinas y hasta delincuencia. Detalla que el lugar incluso es utilizado como criadero de animales lo que genera malos olores y se producen constantemente incendios.

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