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Imagen: Terram
Ubicado en el camino costero que une a Concón con Viña del Mar.

Segundo Tribunal Ambiental escuchó alegatos en reclamación contra el Comité de Ministros que busca invalidar RCA del Hotel Punta Piqueros.

El Comité Pro Defensa del Patrimonio Histórico Cultural de Viña del Mar llegó al Tribunal luego que el Comité de Ministros rechazara su recurso de reclamación en contra de la resolución de calificación ambiental favorable del proyecto.

1 de mayo de 2022

El Segundo Tribunal Ambiental llevó a cabo la audiencia de alegatos en reclamación del Comité Pro Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar contra el Comité de Ministros, que busca invalidar el permiso ambiental del proyecto Hotel Punta Piqueros.

El Tribunal estuvo integrado por los ministros Alejandro Ruiz, presidente, Cristián Delpiano y Cristián López. Los alegatos estuvieron a cargo de los abogados Gabriel Muñoz Muñoz, en representación del Comité Pro Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar; Camila Palacios Ryan, por el SEA, en representación del Comité de Ministros; e Ignacio Urrutia Cáceres, por Inmobiliaria Punta Piqueros S.A.

El Comité Pro Defensa del Patrimonio Histórico Cultural de Viña del Mar llegó al Tribunal luego que el Comité de Ministros rechazara su recurso de reclamación en contra de la resolución de calificación ambiental favorable del proyecto, RCA N°46/2018, y solicita que esta judicatura especializada lo acoja en “todas sus partes, ordenando dejar sin efecto la resolución reclamada y consecuentemente, invalidar la Resolución Exenta N°46 de 2018 rechazando el Estudio de Impacto Ambiental aprobado para la ejecución del Proyecto Hotel Punta Piqueros”.

En tanto, el Servicio de Evaluación Ambiental, SEA, en representación del Comité de Ministros, solicita al Tribunal rechazar en todas sus partes la reclamación. Sostiene, entre otros argumentos, que “las observaciones ciudadanas relacionadas con la ocurrencia de tsunamis y marejadas deben analizarse en el marco de los riesgos y emergencias, lo cual es distinto a la evaluación de impactos ambientales Al ser dichas materias analizadas en sede sectorial, no son normativa ambiental aplicable, y en consecuencia, la falta de antecedentes en relación a la modelación del tsunami no es una falencia que conlleve el rechazo del proyecto, siendo perfectamente subsanable, como efectivamente se hizo mediante el establecimiento de una nueva condición en la RCA”.

Asimismo, explica que las observaciones ciudadanas relacionadas con la necesidad de que la línea de base considere la situación sin proyecto, previo a la destrucción del Peñón Orejas de Burro- sector en el que se emplaza el hotel- fueron debidamente consideradas, “con especial consideración a lo ordenado a este respecto por este Ilustre Tribunal en causa R-86-2015. En efecto, se realizó una nueva modelación en la que se elaboró una línea de base teórica conceptual, lo que permitió reconstruir la situación basal sin proyecto para los componentes flora, fauna y paisaje, lo que permitió, a su vez, verificar los verdaderos impactos del proyecto, y las medidas para hacerse cargo de ello cuando estos son significativos”.

Antecedentes de la reclamación

–  2 de mayo de 20213, la Corte Suprema ordenó que el proyecto debía ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) a través de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA)

– 26 de agosto de 2013, el EIA del proyecto ingresó al SEIA.

– 2 de septiembre de 2014, el proyecto recibió resolución de calificación ambiental favorable (RCA N°322/2014), la que fue objeto de reclamación administrativa ante el Comité de Ministros, primero, y luego judicial, ante el Segundo Tribunal Ambiental.

– 27 de octubre de 2016, el Tribunal Ambiental dictó sentencia (causa rol R-86-2015), acogiendo la reclamación, retrotrayendo el procedimiento de evaluación de impacto ambiental hasta la dictación del ICSARA 2, lo que fue ratificado por la Corte Suprema en noviembre de 2017 (causa rol N°97.792-2016).

–  21 de noviembre de 2018, la autoridad ambiental calificó favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto Hotel Punta Piqueros (RCA N°46/2018).

– 11 de febrero de 2019, el Comité Pro Defensa del Patrimonio Histórico Cultural de Viña del Mar presentó ante el Comité de Ministros recurso de reclamación contra la RCA del proyecto.

– 7 de enero de 2021, el Comité de Ministros rechazó dicho reclamo a través de la Res. Ex. N°2021991017.

– 26 de febrero de 2021, el Comité Pro Defensa del Patrimonio Histórico Cultural de Viña del Mar interpuso reclamación ante el Segundo Tribunal Ambiental contra la Res. Ex. N°2021991017.

– 29 de marzo de 2021, el Tribunal tuvo como tercero coadyuvante a Inmobiliaria Punta Piqueros S.A.

 

Vea resolución y expediente R-280-2021

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