Diario Constitucional

Municipio pide ordenar la reparación del daño ambiental.

Tercer Tribunal Ambiental escuchó alegatos de la demanda de la Municipalidad de Saavedra contra propietario que habría dañado humedal.

La Municipalidad de Saavedra, afirma haber sorprendido al demandado descargando material de escombros, como piezas rotas de concreto, tierra arcillosa, entre otros, en un terreno que correspondería al denominado humedal “Budi Chico”, en Puerto Saavedra.

Por Redacción·28 de abril de 2022·3 min de lectura
Imagen: proaraucania.com
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El Tercer Tribunal Ambiental escuchó los alegatos en la demanda interpuesta por la Municipalidad de Saavedra contra propietario de terreno que habría descargado material de escombros en un humedal.

El origen de la demanda se basa en el hecho de que la demandante, la Municipalidad de Saavedra, afirma haber sorprendido al demandado descargando material de escombros, como piezas rotas de concreto, tierra arcillosa, entre otros, en un terreno que correspondería al denominado humedal “Budi Chico”, en Puerto Saavedra, Región de La Araucanía. Esta situación fue negada por el abogado del demandado señalando que no existen pruebas que acrediten que su representado haya vertido esos materiales ni que tenga alguna relación con el predio en cuestión.

El lugar del suceso, según el Municipio, sería un humedal ubicado en el Km. 0 de la Ruta S-422 entre Puerto Saavedra y el Cementerio Municipal, donde las actividades del demandado no cuentan con autorización municipal ni resolución de calificación ambiental, por lo que se pide al Tercer Tribunal Ambiental ordenar la reparación del daño ambiental causado por la descarga de dichos materiales y aceptar la delimitación del humedal una vez que haya sido declarado Humedal Urbano (solicitud realizada por la Municipalidad de manera reciente).

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