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CGR.

Corresponde al Gobernador Regional Metropolitano de Santiago la representación de la ciudad en la organización de los XIX Juegos Panamericanos 2023.

Lo anterior, ya que el gobierno central cuenta con un representante para tales efectos en la persona del Ministro del Deporte.

11 de junio de 2022

El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago y el Instituto Nacional de Deportes solicitaron pronunciamiento a la Contraloría General de la República, a fin de que precise cuál es la autoridad a que debe corresponderle la representación de la ciudad de Santiago en la planeación y organización de los XIX Juegos Panamericanos, a desarrollarse en 2023, con sede en la misma ciudad, la que anteriormente recayó en el intendente de esa región.

Al respecto, el ente contralor señala que, con fecha de 4 de noviembre de 2017, se suscribió el contrato entre la Organización Deportiva Panamericana y la República de Chile, representada por el Ministro del Deporte, la Intendencia de la Región Metropolitana de Santiago, y el Comité Olímpico de Chile; y el Intendente de la Región Metropolitana de Santiago es individualizado en dicho instrumento como representante de la “Ciudad”, estableciéndose una distinción clara con las otras entidades que representan al “Gobierno” y al “CON” (Comité Olímpico).

En este contexto, estima que es necesario determinar si la naturaleza de la representación de la “Ciudad”, para efectos de la organización y ejecución de los XIX Juegos Panamericanos a desarrollarse en 2023 en Santiago, es asimilable a las funciones que actualmente desempeña el gobernador regional o el delegado presidencial regional.

Respecto a las atribuciones del delegado presidencial, indica que en él reside el gobierno interior de cada región, quien será el representante natural e inmediato del Presidente de la República en el territorio de su jurisdicción; autoridad a la que la Ley N°19.175 le otorga funciones que dicen relación, en general, con el gobierno interior en la región, el orden público, la Ley de Extranjería, administración de los complejos fronterizos, representación extrajudicial del Estado en la región y celebración de contratos en materias de su competencia, la coordinación, fiscalización o supervigilancia de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de la función administrativa, que operen en la región, y que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio, entre otras. Por su parte, expresa que la administración superior de cada región del país estará radicada en el Gobierno Regional, autoridad que tiene por objeto el desarrollo social, cultural y económico de ella; cuyo órgano ejecutivo será el gobernador regional, correspondiéndole además presidir el consejo regional.

En tal sentido, sostiene que conforme a lo dispuesto por la letra b) del artículo 19 de la Ley N°19.175, en materia de desarrollo social y cultural, corresponde a dicha entidad, principalmente, participar, en coordinación con las autoridades competentes, en acciones destinadas a facilitar el acceso de la población de escasos recursos o que viva en lugares aislados, a beneficios y programas en el ámbito de la salud, educación y cultura, vivienda, seguridad social, deportes y recreación y asistencia judicial; y la letra h) establece que compete al gobierno regional proponer programas y proyectos que fomenten la formación deportiva y la práctica del deporte.

A su vez, hace presente que el artículo 24 la letra h) de la norma establece que al gobernador regional corresponde la representación judicial y extrajudicial del gobierno regional, pudiendo ejecutar los actos y celebrar los contratos de su competencia o los que le encomiende el consejo.

En virtud de ello, estima que el gobierno regional tiene potestades en materia de fomento y desarrollo de las actividades deportivas en el territorio regional; todas ellas con una naturaleza asimilable a las actividades que conlleva la organización del evento de la especie. Por el contrario, el delegado presidencial corresponde de suyo a un representante del Presidente de la República, es decir, del Gobierno, en la respectiva región; por lo que no parece que, en el marco de la organización de los referidos juegos panamericanos, sea a su vez un representante de “la Ciudad”. Además, el gobierno central ya cuenta con un representante para tales efectos en la persona del Ministro del Deporte, por lo que no resulta procedente que el representante de la “Ciudad” corresponda igualmente a un representante del Presidente de la República.

De esta forma, concluye que el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, a través del Gobernador Regional, es el organismo idóneo para representar a “la Ciudad” en lo que respecta a la organización de los XIX Juegos Panamericanos 2023, con sede en Santiago.

 

Vea Dictamen N°E220261 de 2022.

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