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Imagen: La Vanguardia.
Nueva obligación para dueños en “Ley Cholito”.

Proyecto de ley obliga a esterilizar animales como medida de protección y control.

La iniciativa busca integrar a la comunidad en un verdadero crecimiento en hábitos de tenencia responsable y protección animal, evitando las reproducciones informales para obtener un beneficio económico.

4 de julio de 2022

La moción, patrocinada por la Diputada Yovana Ahumada y los Diputados José Miguel Castro, Rubén Darío Oyarzo y Raúl Soto, modifica la Ley N°21.020, sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía, para incorporar la obligación de esterilización como medida de protección y control de reproducción animal.

Los autores del proyecto señalan que, entre los actos de agresión o maltrato animal, se encuentra la consideración de utilizar animales como objetos para el apareamiento y la preñez informal, fomentando de esta manera la proliferación de animales de manera descontrolada, que finalmente termina en un aumento del número de animales callejeros y sin dueños.

Exponen que, según cifras de la Subsecretaría de Desarrollo Regional, entre el 5% y el 7% de los animales no tiene un dueño conocido. Así, la sobrepoblación de animales sin dueños en las calles de nuestro país genera la necesidad moral y social de proteger su reproducción.

Agregan que el fundamento de una tenencia responsable indica que se debe contar con los recursos necesarios para su cuidado y protección; tales como, alimentación, habitación, esterilización y controles básicos de salud. De esta manera, se debería promover la protección de las mascotas y animales de compañía de tenencias irresponsables y de adquisiciones informales, por lo que es necesario establecer la obligatoriedad de esterilización a los dueños.

En virtud de lo anterior, y tomando en cuenta lo señalado en la Declaración Universal de los Derechos de los Animales, proponen agregar un inciso final al artículo 10° de la Ley 21.020, Ley de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, del siguiente tenor: “Los dueños de mascotas o animales de compañía, pertenecientes a la especie canica y felina, que los adquirieran por cualquier medio en el cual no se encontrasen debidamente esterilizados, deberán proceder dentro de los sesenta días siguientes a su esterilización, con excepción de quienes se encuentren inscritos en el registro nacional de criadores y vendedores de Mascotas o Animales de compañía.”

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados y Diputadas.

 

Vea Boletín N°15.136-11 y siga su tramitación aquí.

 

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