Diario Constitucional

Decisión acordada con el voto en contra.

CS acogió un recurso de casación y ordenó al Fisco a pagar una indemnización de $ 15.000.000 a una mujer por infringir el deber de información en una intervención quirúrgica de esterilización realizada en hospital.

El máximo Tribunal consideró que hubo infracción al deber de información con la paciente al no dar cuenta de los métodos anticonceptivos para reducir el riesgo de un embarazo, luego de un procedimiento quirúrgico voluntario de cauterización de las trompas de falopio.

Por Redacción·29 de septiembre de 2021·5 min de lectura
Imagen: www.soychile.cl
Referencial

La Corte Suprema acogió un recurso de casación y ordenó al Fisco a pagar una indemnización de $ 15.000.000 a una mujer por infringir el deber de información en una intervención quirúrgica de esterilización realizada en el Hospital Naval de Talcahuano en diciembre de 2013.

La sentencia sostiene que, en el caso concreto y como fue clarificado en el fallo de casación que antecede, la falta de servicio que la demandante imputa al Hospital Naval de Talcahuano radica en infracción al deber de información, relacionado con los métodos anticonceptivos necesarios para reducir al mínimo la posibilidad de nuevos embarazos.

La resolución agrega que, en materia reproductiva y de planificación familiar, el derecho y deber de información posee una intensidad superior a la que presenta y es exigible en otras prestaciones médicas. En efecto, tal conclusión se desprende de la atenta lectura de normas constitucionales, como los artículos 1 y 19 Nº1 de la Carta Fundamental, y de reglas contenidas en tratados internaciones ratificados por Chile y que se encuentran vigentes, como es el caso de los artículos 5, 7, 11, 13 y 17 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, y del artículo 7, literal a) de la Convención Belém do Pará.

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