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Imagen: La Tribuna.
Moción.

Iniciativa modifica el Código del Trabajo para reducir el porcentaje mínimo de trabajadores chilenos en las empresas.

La normativa actual se remonta a más de noventa años y no se condice con el contexto actual de un mundo globalizado.

26 de julio de 2022

La moción, patrocinada por las Diputadas Maite Orsini y Ximena Ossandón, y los Diputados Jorge Guzmán, Andrés Longton, Hotuiti Teao y Francisco Undurraga, modifica el Código del Trabajo para reducir el porcentaje mínimo de trabajadores de nacionalidad chilena en los casos que indica.

Los autores señalan que Chile se ha posicionado como el octavo país de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) que recibió más inmigrantes como porcentaje de su población durante el año 2020. Además, se posiciona como cuarto en el listado en cuanto a tasa de empleo más alta para el grupo en cuestión, pues durante el trimestre febrero-abril de 2022 hubo 1.010.808 extranjeros ocupados, contando con un trabajo formal 749.918 de ellos, mientras que los otros 260.890 ejercieron un trabajo informal.

Añaden que la OCDE y la Organización Internacional del Trabajo (OIT) publicaron un informe en el que destacan que los inmigrantes en países en desarrollo no sólo contribuyen a sus economías, sino que además el impacto económico general de la migración es mínimo. En el caso de Chile, la población migrante ha cumplido un rol especialmente relevante en el sector rural chileno, al constatarse que el mercado de trabajo en las actividades agrícolas opera en un contexto de escasez relativa de mano de obra, la que ha comenzado a ser compensada por la oferta de trabajadores migrantes.

Sin embargo, destacan que, desde el Código del Trabajo de 1931 hasta el actual, se ha consagrado la norma que establece que “el 85%, a lo menos, del total de empleados que sirvan a un mismo empleador será de nacionalidad chilena”; lo que no se condice con el contexto actual de un mundo globalizado, con alto flujo migratorio e intercambio cultural, ni con la creciente tendencia hacia la real integración de todos los sectores de la población, incluida la población migrante, promoviendo, también, la formalización de la actividad laboral.

Además, estiman que la excepción relativa a que los empleadores que no ocupan más de 25 trabajadores no están sujetos al porcentaje indicado, debe ceder ante el nuevo artículo 505 bis del Código del Trabajo, que clasifica las empresas en micro, pequeña, mediana y grande, en función del número de trabajadores.

En mérito de lo expuesto, plantean modificar el artículo 19 del Código del Trabajo, a fin de reducir el porcentaje mínimo de trabajadores chilenos que se exige contratar a un mismo empleador, fijándolo en un 60%.

Además, proponen que la excepción prevista en el inciso segundo de dicho precepto, excluya a las micro o pequeñas empresas, según la actual clasificación de las empresas; y, además, exceptúe a aquellos empleadores que, en virtud de la estacionalidad de sus labores, requieran de un incremento sustantivo de su personal durante determinadas épocas del año.

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputadas y Diputados.

 

Vea Boletín N°15209-13 y siga su tramitación aquí.

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