Diario Constitucional

En votación dividida.

CS revoca y desestima tres recursos de amparo contra Intendencia de Tarapacá por decretar expulsión de cuatro ciudadanos venezolanos.

La autoridad administrativa obró dentro del límite de sus atribuciones, con estricto apego a las normas contenidas en la Carta Fundamental y a la legislación especial establecida.

Por Redacción·25 de febrero de 2021·2 min de lectura
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Referencial

La Corte Suprema revocó tres sentencias de la Corte de Apelaciones de Iquique que acogieron recursos de amparo en contra de la Intendencia Regional de Tarapacá por decretar la expulsión del territorio nacional de 4 ciudadanos venezolanos que ingresaron de manera clandestina al país.

En enero de 2021, la Policía de Investigaciones informó a la Intendencia de Tarapacá que los amparados ingresaron al territorio nacional de manera clandestina por lugares no habilitados de la frontera que divide a Chile con Bolivia. La Intendencia dictó resolución de expulsión del territorio nacional en contra de los actores por ingresar de forma irregular al país en conformidad al artículo 69 del Decreto Ley N°1.094.

Los actores accionaron de amparo ante la Corte de Iquique, que acogió los tres recursos al estimar que la sanción decretada por la recurrida no estuvo antecedida por un procedimiento en que los amparados pudiesen controvertir el ingreso clandestino que se les atribuye, vulnerando su derecho a la defensa y su garantía a un procedimiento legalmente tramitado, racional y justo. A su vez, señaló que la orden de expulsión dictada se basó en una mera afirmación de la autoridad, omitiendo la fundamentación fáctica del acto administrativo en virtud artículo 11 de la ley N°19.800.

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