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Moción en tercer trámite constitucional.

Cámara propone modificar el requisito de acreditación de enseñanza básica, para obtener la licencia de conducir clase B, por el de “Saber leer y escribir”.

La iniciativa busca facilitar este trámite a los inmigrantes que aprueben los exámenes teóricos y prácticos respectivos, que cumplan con los demás requisitos legales, y también atenuar la falta de conductores profesionales en el rubro transporte.

29 de julio de 2022

La moción, patrocinada por los Senadores Alejandro García Huidobro, Juan Pablo Letelier, Alejandro Navarro, Manuel José Ossandón y la Senadora Ximena Órdenes, modifica el DFL N° 1, de 2007, que fija el  texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, con el objeto de eliminar el requisito de escolaridad básica para obtener licencia de conducir no profesional Clase B.

Los autores de la iniciativa señalan que la La Ley de Tránsito establece como requisito para obtener la licencia clase B, ser egresado de enseñanza básica, además de tener 18 años. Esto no genera problemas para las personas que hayan cursado sus estudios en Chile, pues se acredita con el certificado de enseñanza básico respectivo.

Sin embargo, advierten que nuestro país actualmente vive una situación distinta. Según cifras del INE de 2020 en Chile la población extranjera alcanza a 1.462.103 personas, la mayoría de los migrantes internacionales que viven en el país proviene de Venezuela, Perú, Haití, Colombia y Bolivia, países con los que no se cuenta un reconocimiento específico de equivalencia de licencias.

Por lo anterior, las personas que desean obtener la licencia de conducir  clase B, deben presentar certificados de estudios emitidos en el extranjero los que para acreditar la veracidad de su contenido, deben someterse al procedimiento de convalidación o validación de estudios, dispuesto en el Decreto Exento N° 2.272, de 2007, del MINEDUC.

Esta situación de burocracia genera la contradicción de que personas profesionales, con título reconocido y validado en Chile, no pueden obtener la licencia clase B, pues los requisitos legales obligan a que el certificado de enseñanza básica esté reconocido por el Ministerio de Educación, lo que implica obtener el documento original en el país donde se estudió, lo que no siempre es simple.

El proyecto original, a través de un artículo único, modificaba la Ley del Tránsito, número 18.290, para eliminar del articulo 13 el segundo requisito, “Ser egresado de enseñanza básica”. Sin embargo, esa exigencia fue modificada por la Cámara de Diputadas y Diputadas, en segundo trámite constitucional, por el de “Saber leer y escribir”.

El proyecto se encuentra actualmente en el Senado, en tercer trámite constitucional, en donde se deberán votar las modificaciones de la cámara revisora.

 

Vea  Boletín ° 14.628-15 y siga su tramitación aquí.

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