La Corte Suprema acogió recurso de amparo y le ordenó al Consulado de Chile en Cuba otorgar un nuevo plazo, el cual no podrá exceder de 60 días, para que los amparados presenten los documentos faltantes para tramitar solicitud de residencia temporaria en el país.
El fallo señala que, la acción de amparo encuentra su fundamento en la decisión emanada de la repartición pública recurrida que deniega la solicitud de visa temporaria presentada por los amparados, en atención a que no habrían acompañado la totalidad de los documentos requeridos para su otorgamiento, en este caso, los que acreditan su solvencia económica.
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La resolución agrega, que aparece de manifiesto que la autoridad administrativa no otorgó la posibilidad a la parte recurrente de subsanar la situación denunciada, proporcionando nuevos antecedentes que expliquen su actuar y que justifiquen su petición –conforme lo dispone el artículo 31 de la Ley N° 19.880–, por lo que resulta desproporcionada la decisión adoptada respecto al rechazo de la solicitud.
Decisión acordada con los votos en contra de la ministra Letelier y del ministro González, quienes fueron de la opinión de confirmar la resolución apelada en virtud de sus propios fundamentos.
Vea sentencia Corte Suprema Rol Nº80.296-2022 y Corte de San Miguel Rol N°570-2022.