Recurso de protección acogido.
Corte Suprema ordena mantener bajo protección policial a víctima de violencia rural.
El máximo Tribunal estableció el actuar arbitrario e infundado de la Fiscalía al disponer el levantamiento de la medida de protección.

La Corte Suprema acogió el recurso de protección interpuesto en contra del Ministerio Público y dejó sin efecto la resolución que puso término a la medida de protección policial de víctima que ha recibido amenazas y ataques incendiarios en su domicilio, ubicado en la comuna de Cañete.
El fallo señala que, aparece que la decisión adoptada por el Ministerio Público no se encuentra fundamentada en los hechos, desde que, por un lado, aparece que la propia recurrente fue víctima de un delito en el último año y, desde otro punto de vista, se han cometido múltiples ilícitos en la zona, dentro de un radio cercano al domicilio de la protegida, destacándose aquellos relacionados con uso ilícito de armas de fuego.
Para la Tercera Sala, en la especie aparece entonces, ante el mérito de los informes evacuados por ambas policías, la medida de protección, dispuesta hace cinco años, sigue teniendo una necesidad vigente, tanto en relación a la persona protegida como a la comisión de ilícitos de alto riesgo en sus cercanías.
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