Recurso de casación en el fondo acogido.
Condena por estafa al anterior dueño del inmueble es un antecedente que sirve como título para que la demandada de precario justifique la ocupación, resuelve la Corte Suprema.
La demandada fue estafada junto a su madre y mediante el engaño vendieron la propiedad al condenado, quien posteriormente la enajenó al demandante, circunstancia que era conocida por el actor al momento de demandar la restitución del inmueble.

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que confirmó aquella de base que hizo lugar a una demanda de precario.
Se demandó de precario la restitución de un departamento ubicado en la comuna de Providencia inscrito a nombre del actor en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago y que sería ocupado por la demandada junto a su grupo familiar, sin título, fundando la acción en los artículos 2194 y 2195 del Código Civil.
En su defensa, la demandada alegó que existe un título que justifica la ocupación del inmueble, por cuanto en un juicio diverso se ventiló la declaración de nulidad del contrato de compraventa del inmueble objeto del litigio, además de una indemnización de perjuicios, fundado en una sentencia condenatoria dictada en causa criminal por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, por la que se condenó a un particular por el delito de estafa, cometido en perjuicio de la misma demandada y su madre, hecho por el cual se materializó la venta de la propiedad que habita a favor del condenado y que actualmente es de propiedad del demandante.
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