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imagen: capital mexico.com
Corte de Casación de Francia.

Reclamo de hombre que alegó maltrato por no disponer de la ropa adecuada durante su detención, es desestimado.

Para que el trato sea calificado como degradante, se requiere que las condiciones de detención sean tales que produzcan sentimientos de miedo, ansiedad e inferioridad en la víctima. El objeto de dicho trato sería humillar, degradar y posiblemente romper su resistencia moral y física.

23 de octubre de 2022

La Corte de Casación de Francia desestimó el recurso de apelación deducido por un hombre que fue detenido a causa de una solicitud de extradición emitida por Estados Unidos. Se resolvió la procedencia de la orden de detención.

El recurrente es un ciudadano ruso que fue detenido tras arribar a Francia. El fiscal general ordenó su arresto a solicitud de las autoridades estadounidenses, por un presunto delito de lavado de dinero cometido en territorio norteamericano. Fue puesto bajo custodia para ser extraditado, en virtud de un Acuerdo de extradición suscrito por ambos países, vigente desde 1996.

El detenido impugnó esta decisión por vía judicial. Solicitó ser puesto en libertad por considerar que su detención fue arbitraria. Adujo que “(…) no se respetaron los plazos establecidos para comparecer ante el tribunal y Estados Unidos remitió los antecedentes extemporáneamente”.

El tribunal desestimó la petición por estimarse incompetente para conocer de ella. Fundó su decisión en que, “(…) el fiscal general con competencia territorial podrá ordenar la detención provisional de la persona, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo y en el Código Penal. En este caso solo corresponde cautelar los derechos de la persona durante su detención”.

A raíz de esta sentencia adversa, el recurrente dedujo apelación ante la Corte de Casación. En esta ocasión alegó que, “(…) a su llegada a Francia iba ligero de ropa por haber llegado del hemisferio sur donde era verano. Trató de pedir ropa de abrigo, sin embargo, debido a la barreras idiomáticas y a la falta de voluntad de la prisión, no se le proporcionó ropa adecuada ni en ese momento ni posteriormente, infringiéndose  así el artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que consagra la prohibición de la tortura”.

En su análisis de fondo, la Corte señala que “(…) los tribunales deben velar que la prisión provisional se ejerza, en todas las circunstancias, en condiciones que respeten la dignidad de la persona pues la pérdida de libertad esté exenta de todo tipo de trato inhumano y degradante, siempre y cuando el afectado describa sus condiciones de detención personal con suficiente credibilidad”.

Agrega que “(…) para que el trato sea calificado como degradante, además se requiere que las condiciones de detención sean tales que produzcan sentimientos de miedo, ansiedad e inferioridad en la víctima. El objeto de dicho trato sería humillar, degradar y posiblemente romper su resistencia moral y física. Debe dar una descripción de las condiciones de su detención personal con suficiente credibilidad, precisión y oportunidad como para constituir prueba prima facie.”

En el caso concreto, advierte que “(…) la dificultad para obtener ropa de abrigo no está respaldada por ninguna prueba que permita constituir y detallar este incidente y su resultado. Los antecedentes del caso indican que la administración penitenciaria había aprobado proporcionar ropa. Sin embargo, suponiendo que este incidente realmente ocurriera, en sí mismo no constituiría un trato degradante de suficiente relevancia”.

En definitiva, la Corte concluye que “(…) el recurrente limitó sus declaraciones a describir las condiciones generales de su detención, como se observó anteriormente en términos de hacinamiento, falta de guardias y presencia de alimañas. No dio una descripción lo suficientemente precisa y creíble de las condiciones de su detención personal para constituir prueba prima facie de su naturaleza inhumana o degradante”.

Al tenor de lo expuesto, la Corte resolvió desestimar el recurso.

 

Vea sentencia Corte de Casación de Francia 541/2021.

 

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