Daños emergente y moral.
Juzgado Civil condena a autopista por accidente provocado por cabra que se cruzó en la ruta concesionada.
La magistrada condenó a la concesionaria por su responsabilidad extracontractual al no adoptar las medidas seguridad en la vía concesionada.

El Tercer Juzgado Civil de Santiago condenó a la Sociedad Concesionaria del Elqui SA a pagar una indemnización de perjuicios por la suma total de $4.370.384 por concepto de daño emergente y daño moral, a conductor que embistió a una cabra que se cruzó en la ruta. Accidente registrado en el kilómetro 451 de la Ruta 5 Norte, comuna de Coquimbo, en febrero de 2019.
El fallo plantea que, sobre este particular el actor ha esgrimido en su demanda como la acción u omisión reprochada a la demandada no haber adoptado las medidas pertinentes para evitar peligros en la vía, entre ellos, la circulación de animales por la ruta.
La resolución agrega que, de acuerdo a las bases de licitación, 1.6.12, relativa a daños a terceros, se dispone: ‘La Sociedad Concesionaria deberá tomar todas las precauciones para evitar daños a terceros y al personal que trabaja en la obra. Igualmente deberá tomar todas las precauciones para evitar daños a propiedades de terceros y al medio ambiente durante la Concesión de la obra. Todo daño, de cualquier naturaleza, que con motivo de la ejecución de la obra y de su explotación se cause a terceros, al personal de la obra, a la propiedad de terceros y al medio ambiente, será de exclusiva responsabilidad de la Sociedad Concesionaria, a menos que sean exclusivamente imputables a medidas impuestas por el MOP después de haber suscrito el contrato’, agregando el Reglamento respectivo, en su numeral 2.1.3, como ya se adelantó, el derecho del usuario a seguridad, disponiéndose que: aquel ‘tiene derecho a que el Concesionario vele por la seguridad durante su circulación en el área de la concesión, de conformidad al Contrato de Concesión’.
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