Ley N° 19.496.
Multitienda es condenada al pago de multa e indemnización de perjuicios por infracción a la Ley del Consumidor al no entregar un juego de comedor, aduciendo la falta de stock del producto.
La denunciada alegó que la no entrega del producto no configura un incumplimiento al contrato, puesto que en la página web, desde donde la consumidora efectuó la compra, se encuentra claramente establecido que las promociones son “hasta agotar stock”.

La Corte de Punta Arenas confirmó la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de esa comuna, que acogió la denuncia infraccional y la demanda de indemnización de perjuicios interpuestas en contra de la sociedad ECCSA S.A., por infringir la Ley del Consumidor al vender un producto sin contar con stock del mismo.
La denunciante señala que, en junio de 2021 compró en la página web de la tienda Ripley (propiedad de la denunciada), en cuotas, un comedor por el valor total de $419.970.- que incluye intereses. De la tienda le informaron que le producto sería entregado los primeros días de agosto, y le advirtieron que por temas logísticos debido a la pandemia, el despacho podría demorar hasta una semana más de la fecha acordada.
Transcurrido el tiempo sin que llegara su compra al domicilio, el día 17 de agosto se dirigió a la misma tienda en donde un supervisor le indicó que debía seguir esperando. Un mes después se contactó con una vendedora, la que le informó que en el sistema de la tienda no aparecía ningún tipo de información de su compra, y solo se señalaba que había sido atendido su requerimiento. Ante tal demora, acudió al SERNAC, instancia en que la empresa denunciada se contactó con ella informando que no había stock del producto que había comprado, y que a cambio le podían ofrecer una gift card de $80.000.-, más la devolución de su dinero, lo que no aceptó.
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