Diario Constitucional

Por dos votos contra uno.

Segundo Tribunal Ambiental ordenó a la SMA reiniciar el procedimiento sancionatorio en contra de la Fundición Alcones.

La sentencia concluye que la SMA incurrió en ilegalidad al rechazar el programa de cumplimiento (PdC) presentado por Andacollo de Inversiones Ltda., titular de la planta, al basar esta decisión en la improcedencia de la reformulación de cargos y la imposibilidad de presentar dicho programa en los casos en que se imputa la generación de daño ambiental.

Por Redacción·24 de diciembre de 2022·5 min de lectura
Imagen: portal.sma.gob.cl
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El Segundo Tribunal Ambiental, por dos votos contra uno, acogió la reclamación interpuesta en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente, por el rechazo del programa de cumplimiento presentado por la Planta de Fundición Alcones y ordenó al ente fiscalizador retrotraer el procedimiento sancionatorio contra la empresa, al momento previo a la formulación de cargos.

La sentencia concluye que la SMA incurrió en ilegalidad al rechazar el programa de cumplimiento (PdC) presentado por Andacollo de Inversiones Ltda., titular de la planta, al basar esta decisión en la improcedencia de la reformulación de cargos y la imposibilidad de presentar dicho programa en los casos en que se imputa la generación de daño ambiental.

El Tribunal estuvo integrado por los ministros, Cristián Delpiano Lira, presidente (s), Cristián López Montecinos y Alejandro Ruiz Fabres. La sentencia fue redactada por el ministro López, quien además tuvo el voto disidente.

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