Noticias

Imagen: investigacionyciencia.es
Artículo 206 bis del Código del Trabajo.

Ministerio de Salud prorrogó vigencia de alertas sanitarias en algunas regiones del país por la presencia de marea roja, el mosquito del dengue y la malaria.

En el contexto de prórroga de la alerta sanitaria por la pandemia del Covid—19, el Ministerio de Salud prorrogó también la vigencia de otras dos alertas sanitarias vigentes en Chile.

8 de enero de 2023

Se publicaron en el Diario Oficial, el pasado 31 de diciembre de 2022, los decretos del Ministerio de Salud que prorrogaron la vigencia de la alerta sanitaria por marea roja y por los mosquitos Aedes egypti y Anopheles Sp, alertas sanitarias que vencían en la fecha indicada.

El mosquito Aedes aegypti es el transmisor de las enfermedades de fiebre amarilla, dengue, chikungunya y zika y el mosquito Anopheles Sp es el transmisor de la malaria.

El decreto N° 89, fechado el 21 de diciembre de 2022, “prorroga vigencia y modifica el decreto N° 26, de 2021, que decreta la alerta sanitaria y otorga facultades extraordinarias que indica por presencia de Aedes aegypti en la Región de Arica y Parinacota y de Anopheles Sp en la Región de Tarapacá”, hasta el 30 de junio de 2023.

Junto a la prórroga, el referido decreto otorga una nueva facultad a la SEREMI de Salud de la Región de Arica y Parinacota y a la SEREMI de Salud de la Región de Tarapacá, para eliminar los insectos propagadores de la enfermedad y disponer del saneamiento de los lugares donde se desarrolle la misma. También otorga una nueva atribución al Director del ISP, para que este pueda, mediante una resolución fundada, autorizar la venta o uso de pesticidas de uso sanitario sin registro sanitario previo.

Por su parte, el decreto N° 88, de 16 de diciembre de 2022, del Ministerio de Salud, prorrogó la vigencia del decreto N° 38 de 2022, que decretó la alerta sanitaria por presencia de marea roja en las regiones de Los Lagos y de Aysén, hasta el 31 de marzo de 2023.

La relevancia de la prórroga de estas dos alertas sanitarias radica en que, a la luz de la reciente interpretación efectuada por la Contraloría General de la República en el dictamen N° 290.153 de 2022 con ocasión de la alerta sanitaria decretada por la viruela del mono, el artículo 206 bis del Código del Trabajo resulta aplicable a los funcionarios de la Administración del Estado, cualquiera sea el estatuto que los rija, por lo que pueden optar o no a cumplir sus funciones en modalidad de teletrabajo o trabajo a distancia si la naturaleza de sus funciones así lo permiten y acorde con las facultades de gestión interna que posee cada jefe de servicio, con la limitación que impone el inciso segundo del precitado artículo 206 bis.

 

Vea decreto Nº88 y decreto Nº89 del Ministerio de Salud

Vea dictamen de la Contraloría N°290.153

 

 

 

 

 

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *