Abigeato
Control vehicular puede mutar a control de identidad, cuando uno de los ocupantes del vehículo es observado vistiendo ropas ensangrentadas.
Inicialmente los actores no se detuvieron ante la señal de la policía, y cuando lo hicieron, los agentes pudieron notar que uno de los ocupantes del móvil vestía prendas manchadas de sangre, hecho que alertó a los funcionarios de un posible delito, registrando a los pasajeros y el vehículo, encontrando carne vacuna recientemente faenada.

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, que condenó a cuatro imputados a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, como autores del delito consumado de abigeato.
El día 7 de mayo 2019, a las 00:50 horas aproximadamente, los actores se desplazaban en un vehículo por el sector de la comuna de Marchigüe, cuando el móvil fue fiscalizado luego de no obedecer las señas para que se detenga, y ocultar su conductor el rostro al personal policial; luego, los policías observan que uno de los cuatro ocupantes llevaba un mochila entre sus piernas y la ropa ensangrentada, por lo que se le realizó un control de identidad a los cuatro ocupantes encontrando en la mochila cuchillos ensangrentados y, en el portamaletas, tres sacos con carne de vacuno -correspondiente a dos animales nuevos-, no entregando los ocupantes del auto justificación legítima respecto de la adquisición o tenencia de dichas especies, siendo detenidos y puestos a disposición de la justicia”.
En contra de la sentencia condenatoria, los acusados interpusieron recurso de nulidad invocando la causal contenida en la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, por vulneración al debido proceso.
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