Diario Constitucional

Recurso de unificación de jurisprudencia acogido.

Corte Suprema ordena que empleador debe reembolsar monto aportado al seguro de cesantía que fue descontado al trabajador.

Cuando el despido ha sido declarado improcedente, no se verifica la condición del artículo 13 de la Ley N°19.728, que autoriza dicha retención únicamente cuando el trabajador fue desvinculado por necesidades de la empresa.

Por Redacción·23 de enero de 2023·2 min de lectura
Empresa de transporte aéreo debe rembolsar a ex trabajadora el aporte patronal al seguro de cesantía descontado desde su finiquito.
Referencial

La Corte Suprema acogió el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que hizo lugar al recurso de nulidad presentado en contra del fallo de base, sólo en cuanto a la parte que dispuso la restitución del aporte del empleador al seguro de cesantía.

Se demandó por despido improcedente y pago de recargos. El demandante acusó que la causal “necesidades de la empresa”, invocada por el empleador, no se ajustaba a la realidad del demandado, y fue utilizada como subterfugio para descontar del pago indemnizatorio del actor el aporte realizado al seguro de cesantía.

El tribunal de primera instancia hizo lugar a la demanda, declarando la improcedencia del despido y ordenando al demandado al pago del incremento del artículo 168 a) del Código del Trabajo, junto con la restitución del descuento del aporte del empleador al seguro de cesantía; decisión que fue revocada en esta última parte por la Corte de Santiago al acoger el recurso de nulidad presentado por el demandado.

Comentarios (5)

  1. María Loncoli bravo

    debería ser una ley habemos muchos despedidos así

  2. Luis pizarro abarca

    porque la corte no obliga alos empleadores a cancelar su deuda con los trabajores yo le gane el jucio a la empresa donde trabaje 10 años y me despidieron porque me tuve que operar de cancer y segun ellos no les llego la licencia medica ya llevo 2 años esperando el pago de ni imdenminizacion al cual tengo que seguir esperando

  3. J.C.C.J.

    sinvergüenzas de mierda , deberían eliminar eso de que el empleador descuente del finiquito el aporte al seguro de cesantía, al final sale de la plata de uno mismo y la empresa no aporta nada, una más de la sinvergüenza y descarada elite nacional que roba y roba a manos y bolsillos llenos

  4. Eliana Diaz

    Y que pasa con ese dinero cuando por clausulas irrisorias no te lo.permiten retirar…y uno se vio en ka obligación se renunciar por temas de salud..y contaba con esa platita..???.Además cuando uno firma contrato desde el primer dia empiezan los descuentos..yo alcance a trabajar los 6 meses con el mismo empleador..y luego me dicen que no tengo derecho al retiro por una clausula..irrisoria…y aquí estoy sin pega y sin MI PLATA..acumulada antes por 15 años…y ahora por los últimos 6 meses trabajados…Que pasa ahí…quien se queda con mi plata. ???además ya NO PODRE TRABAJAR MAS POR TEMAS DE SALUD..COMO COMPRO MIS REMEDIOS..??.Y EN AFC..SE QUEDA MI PLATA PARA BENEFICIO DE LOS DEMÁS Y EL.GOBIERNO…Y QUIEN TRABAJO …ME SACRIFIQUE POR MI FAMILIA FUI YO…Y AHORA OTROS SE QUEDAN CON LO MIO…POR UNA CLAUSULA..QUE SOLO AL GOBIERNO Y A QUIEN SEA LES CONVIENE…FEA LA ACTITUD…Y MUY MAL ECHA ESA CLAUSULA IRRSORIA…QUE DE RISA..UNO TERMINA…LLORANDO DE RABIA..ARREGLEN EL PAIS..CUIDEN A SUS CIUDADANOS..SIN NOSOTROS…USTEDES ..NO GANAN..

  5. Eliana Diaz

    DEBERÍAN SUBIR Y PUBLICAR TODOS LOS COMENTARIO..(ovbio..sin introperios)..Y AHÍ TOMAR EL.PULSO..Y RADIOGRAFÍA DE LO QUE REALMENTE ESTA VIVIENDO Y SINTIENDO LA GENTE…POR MI PARTE CON LO QUE A MI ME ESTA PASANDO…ME QUEDA MAS CLARO..QUE A MI EDAD PASO A SER 7NA MAS DE LOS TANTOS INDIGENTES DEL PAÍS…SIN NINGUN BENEFICIO..DEL.GOBIERNO..NI LUQUITAS QUE CAIGAN DEL CIELO..DIOS LOS BENDIGA..

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.