Noticias

Países Bajos.

No existe ninguna regla de derecho que prescriba que el tribunal sólo puede tomar una decisión en los procedimientos de decomiso después de que el Tribunal de Apelación o el Tribunal Supremo haya dictado sentencia en la causa penal.

El derecho a un juicio justo no es violado por la continuación y finalización del procedimiento de decomiso en primera instancia.

8 de febrero de 2023

El Tribunal de Distrito de Brabante Oriental (Países Bajos), condenó a un ejecutivo a pagar más de seis millones de euros por ofrecer ilegalmente juegos de apuestas en línea en los Países Bajos.

El caso tiene su origen luego de que el líder de una organización de juegos de azar online fue condenado a la pena de dos años de prisión por el delito de blanqueo de capitales, para posteriormente el Ministerio Público iniciar un procedimiento de decomiso, a fin de que pague al Estado los beneficios obtenidos ilegalmente que fueron blanqueados a través de una simulada construcción internacional.

La defensa alegó que la tramitación de la orden de decomiso debe ser postergada, ya que actualmente se encuentran a la espera de la sentencia de la Corte de Apelaciones.

Al respecto, el Tribunal razona que, “(…) no existe ninguna regla de derecho que prescriba que el tribunal sólo puede tomar una decisión en los procedimientos de decomiso después de que el Tribunal de Apelación o el Tribunal Supremo haya dictado sentencia en la causa penal, en la medida en que sea un recurso de apelación o casación.”

Prosigue el fallo, señalando que “(…) el derecho a una audiencia en dos etapas, ni el derecho a un juicio justo en general, es violado por la continuación y finalización del procedimiento de decomiso en primera instancia.”

Despejado lo anterior, el tribunal considera que, de acuerdo a la sentencia condenatoria, el ejecutivo, en el contexto de la organización ilegal ganó mucho dinero -6.889.958 euros-, por lo que sí hubo una ventaja ilícita.

En mérito de ello, le impuso al condenado la obligación de pagar al Estado 6.200.962 euros, en cuanto se le hizo un descuento de un 10% por dilaciones indebidas durante el proceso.

 

Vea sentencia Tribunal de Distrito de Brabante Oriental Rol N°390-2023.

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *