Reclamo de ilegalidad acogido.
Corte de Santiago invalida permiso de edificación de torres en Providencia.
El Tribunal de alzada acogió el reclamo presentado por Fundación Defendamos La Ciudad y dejó sin efecto el permiso de edificación concedido a la empresa Inmobiliaria Mirador del Cerro SpA para ejecutar el proyecto de construcción en el perímetro que, actualmente, corresponde al Hotel Sheraton Santiago.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el reclamo de ilegalidad deducido e invalidó el permiso de edificación otorgado por el director de Obras Municipales de Providencia, por incumplir la normativa legal vigente que establece el coeficiente de ocupación de suelo para la construcción de dos torres habitacionales de 30 y 32 pisos, en la comuna
El fallo afirma que, el artículo 151, letra a, primera parte, de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, dispone que: ‘Cualquier particular podrá reclamar ante el alcalde contra sus resoluciones u omisiones o las de sus funcionarios, que estime ilegales, cuando estas afecten el interés general de la comuna’.
La resolución agrega que por lo que, en relación con el objeto del reclamo de ilegalidad, cabe tener presente que el permiso de edificación constituye un acto administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 3º de la Ley Nº 19.880, y constituye el acto de autorización legal, emitido por el Director de Obras Municipal (DOM), como órgano que forma parte de la municipalidad y que adopta la forma de resolución, al estar dotado de poder de decisión, declaración de voluntad sometida a la legalidad del acto, de acuerdo al artículo 116 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, esto es, a la comprobación previa del cumplimiento de las condiciones legales, es decir, el que de acuerdo con los antecedentes acompañados, se cumpla con las normas urbanísticas que procedan.
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