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Con votos en contra.

TRICEL confirma fallo que rechazó incidente de previo y especial pronunciamiento de falta de legitimación activa en juicio de remoción seguido contra el Alcalde de Colbún.

El Alcalde alegó ante el TER del Maule que los concejales no interpusieron el requerimiento por sí mismos, sino que le confirieron mandato judicial a un letrado que lo dedujo en su representación.

15 de mayo de 2023

El Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL) confirmó el fallo del Tribunal Electoral de la Región de Maule, que rechazó el incidente de previo y especial pronunciamiento de falta de legitimación activa deducido por el Alcalde de Colbún, Pedro Pablo Muñoz Oses, en relación a la solicitud de remoción interpuesta en su contra por concejales de la comuna.

El Alcalde alegó que los concejales requirentes al impetrar la acción representados por un abogado incumplen la normativa, ya que la calidad de concejal es “personalísima e indelegable, debiendo haberse incoado la acción directamente por los concejales y no por su mandatario judicial, al ser una facultad inherente al cargo de concejal. Fundamenta que, razonar de manera contraria, implicaría que los Concejales pudiesen delegar su facultad de votar dentro del Concejo Municipal, participar en comisiones y en definitiva cualquier otra actividad encargada por la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.”.

El peticionario expuso que la acción deducida no se ha planteado de manera personal por el abogado de los concejales, si no que ha sido presentada en representación de los concejales que le otorgaron mandato judicial.

El Tribunal Electoral Regional rechazó el incidente de previo y especial pronunciamiento. La resolución señala que la “representación y la actuación forense desplegada por el abogado Rivera entablando la acción legal, en ningún caso debe considerarse como una delegación ni del mandato soberano entregado a quien ha sido electo en un cargo de elección popular, como tampoco una delegación de las facultades legales conferidas, en este caso, a los concejales requirentes”.

El TRICEL confirmó la sentencia en alzada, con el voto en contra de los Ministros Dahm y Gazmuri, quienes fueron de la opinión de acoger la excepción de falta de legitimación activa del requirente. Razonan que la “facultad conferida a los Concejales para solicitar la remoción del Alcalde está incluida entre las funciones públicas que supone el desempeño de su cargo; por lo que debe entenderse que se trata de una atribución personal que bajo ninguna forma puede ser entregada a un tercero en atención a su origen soberano derivado de una elección popular.”

 

Vea sentencia del Tribunal Electoral de Maule Rol N°2-2023 y del TRICEL Rol N° 30-2023.

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