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Argentina.

Mujer debe devolver la pensión de alimentos de su hija que percibió mientras la menor residía con su padre, pues ello configura un enriquecimiento sin causa.

La madre siguió percibiendo una cuota destinada a la hija, sin haber demostrado su utilización en su beneficio, lo que importa una apropiación indebida del crédito, pues ella no es la destinataria de la cuota alimentaria. Por ende, y dado que no alegó, ni acreditó que desde esa fecha afrontó gastos de la hija, adeuda las sumas percibidas sin causa. Ello configura un abuso de derecho y un enriquecimiento sin causa.

22 de mayo de 2023

La Cámara Segunda de Apelación en lo Civil y Comercial (Argentina) desestimó el recurso de apelación deducido por una madre que percibió improcedentemente la pensión de alimentos correspondiente a su hija, condenándola a devolver el dinero obtenido desde que la niña dejó de vivir con ella.

En 2018 se fijó una pensión de alimentos en favor de la menor, la cual debía ser pagada a la madre ya que la niña estaba a su cuidado. No obstante, en virtud de una denuncia por violencia intrafamiliar la niña pasó a residir con su padre. Consecuentemente el tribunal ordenó el cese provisorio de los alimentos, lo cual se convirtió en definitivo cuando el hombre obtuvo la custodia total de la menor vía sentencia de fondo.

La mujer interpuso un recurso de apelación contra el fallo, ya que se agravió por la “omisión de resolver la retroactividad en relación al cese de la cuota alimentaria hasta el vencimiento de la medida”.

En su análisis de fondo, la Cámara señala que “(…) en el sistema legal vigente ambos padres son alimentantes y los hijos los alimentados. Quien percibe más ingresos colabora proporcionalmente con el otro progenitor para que el hijo mantenga el mismo nivel de vida en ambos hogares. Dado que la madre actúa entonces como «administradora» de tales importes, destinados a la hija, no puede aplicarse el criterio de «irrepetibilidad», que se refiere a los alimentos percibidos por el alimentado, que se presumen consumidos”.

En el caso concreto, observa que “(…) quien percibió y consumió la cuota no fue la menor, sino su progenitora quien al no haber realizado gastos para la adolescente, debió preservar dichas sumas. Esto sin perjuicio de su posibilidad de acreditar que a pesar de no convivir realizó gastos a su favor”.

Agrega que “(…) la norma se refiere a otro supuesto de hecho: las sumas abonadas en concepto de alimentos recibidas por la madre o padre que recibe la cuota se presumen consumidas por la alimentada y no pueden ser repetidas por el otro progenitor. Por ejemplo, una sentencia definitiva que reduce la cuota provisoria fijada durante el proceso, el alimentante que abono «de más» no puede repetir las diferencias”.

En definitiva, la Cámara concluye que “(…) la madre siguió percibiendo una cuota destinada a la hija, sin haber invocado, ni demostrado, su utilización en su beneficio, lo que importa una apropiación indebida del crédito, pues ella no es la destinataria de la cuota alimentaria. Por ende, y dado que no alegó, ni acreditó que desde esa fecha afrontó gastos de la hija, adeuda las sumas que hubiera percibido sin causa. Su conducta no puede ser amparada por el derecho, pues configura un abuso de derecho y un enriquecimiento sin causa”.

En mérito de lo expuesto, la Cámara resolvió desestimar el recurso y ordenar a la recurrente a devolver las cuotas alimentarias abonadas en favor de la menor desde que esta comenzó a vivir con su padre.

 

Vea sentencia Cámara Segunda de Apelación en lo Civil y Comercial 132914.

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  1. Yo paso por una situación algo similar, la madre de mi hija iso abandono de mi hija la cual tube qué Llevármela a vivir conmigo y al no estta bien económicamente solicite una mediación para poder hacer el cese de pensión alimenticia la cual ella frustró trate de apoyarme con la corporación judicial la cual se encontraba en paro y solo atendían por llamada o página web no tube respuesta por ni un canal, como estaba mal económicamente no podía contratar un abagado particular dado eso no pude seguir depositando lo cual fueron 14 meses de no deposito, actualmente mi hija volvió donde la madre y ella solicito la retención de dinero por no pago de pensión alimenticia la cual me robo de mi AFP 2 millones de pesos y actualmente no se que hacer para poder tener ayuda con esta situación

  2. Si me pasará eso con una. Mujer que solo quiere plata para sus cosas fácil a escondidas la grabó todo lo que hace con mi dinero y con esas pruebas pido la custodia de mi hijo y además le exigo que me devuelva cada centavo para que aprenda que el dinero no es y nunca fue de ella

    1. Muy de acuerdo si estábamos destinados a dar una manutención por derecho debemos saber si la madre lo gasta en cosas para el hijo si no tiene problema lo hará sin pleito

  3. yo como padre. he aportado desde que mis hijos. están aparté de mi .solo por confiar en la madre de mis. hijos. y más adoptar otro hijo de hijo de ella después de unos meses de separados.me tiene demandado por 21 millones de pesos . después que salió la idea de sacar el dinero de las afp y claramente tengo una grabación donde me dice que a mí no me hace ningún daño.

  4. creo que lo expuesto por el juzgado, no es lo suficiéntemente contundente como justificación de la medida tomada, de modo que incluso, hubiera otros motivos de carácter (corrupto), ante semejante decisión, la cual considero no tiene fundamento sólido (por decirlo de alguna manera y además, si la violencia intrafamiliar es generada por el padre, de ninguna manera la medida cautelar, tiene justificación alguna. 🤔

    1. creo que la medida de darle la custodia al padre fue porque la violencia se ejercía por parte de la madre, y creo que esta bien la decision, las cosas deben ser justas para ambas partes, nuestro rol de mujer y madre no nos hace más merecedoras, sobre todo si el padre es un padre presente y bueno, en el mundo hay de todo. y si ejercía violencia en contra de su hija buena madre no era.

    2. la invito a leer correctamente: quien ejerció violencia fue la madre, de ahí que el tribunal primero de diera la tutela al ñadre y, simultáneamente, cesara el pago de alimentos a la madre

  5. Mi hijo le retuvieron el diez por ciento por mi nieta y estaba pagada la pensión casi dos millones le hordenaron a la madre que lo devuelva pero asta acá no pasa nada la ley pareja no es dura

    1. me parece muy bien lo que hace el gobierno argentino, no todas las madres son buenas personas hay quienes se aprovechan y se gastan la plata mientras los niños no se dan cuenta del actuar de estas personas. aqui en chile solo velan por la propaganda de feministas y hay mujeres que no sirven para ser madres como hay hombres que se hacen llamar hombres y no dan un peso a sus hijos y por la culpa de estos weones pagamos los hombres que cuidan y respetan a sus hijos.