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Imagen: Sabes.cl
Ofensas al pudor

Tribunal Calificador de Elecciones declara inadmisible solicitud de renuncia de candidato a Consejero Constitucional.

El candidato habría renunciado tras conocerse su formalización por delitos contra las buenas costumbres.

5 de junio de 2023

El Tribunal Calificador de Elecciones declaró inadmisible la solicitud de renuncia del candidato a Consejo Constitucional 2023 por la Décima Circunscripción de la Región del Biobío, Aldo Sebastián Sanhueza Cabrera, presentada luego que se conociera su formalización por el delito de graves ofensas al pudor.

El candidato solicitó al TRICEL declare su renuncia a la candidatura como candidato al Consejo Constitucional. Funda su solicitud en la interpretación que realiza sobre el artículo 95 de la Constitución que da cuenta de la atribución del tribunal para proclamar los candidatos elegidos. Señala que tras la proclamación un candidato pasar a ser investido en el cargo de integrante del Consejo Constitucional, lo que permite su renuncia. Por lo que, a contrario sensu “el derecho a ser “investido” una vez proclamado como candidato electo, al no estar prohibida su renuncia, es plena y absolutamente renunciable. Es decir, el derecho a asumir el cargo, esto es, el derecho a ser investido jurídicamente como concejal, alcalde, concejero regional, gobernador regional, diputado, senador o Presidente de la República, resulta clara y absolutamente renunciable expresamente, produciendo dicha renuncia efectos diversos a la renuncia al cargo del artículo 149 Constitucional, pues sólo se está en posesión del cargo, una vez investido en el mismo.”.

El TRICEL declaró inadmisible la solicitud, señalando que no puede declarar la renuncia a la candidatura a Consejero Constitucional, ya que “corresponde a esta judicatura conocer solo de las renuncias presentadas por quienes se encuentran ejerciendo el cargo de consejero o consejera constitucional y calificar si los hechos puestos en conocimiento del Tribunal son de tal gravedad que afecten severamente el desempeño o pongan en riesgo el funcionamiento del Consejo.”.

 

Vea la renuncia del candidato y la sentencia del TRICEL Rol N° 134-2023.

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