Opinión.
El Tribunal Supremo declara delictivo el ‘stealthing’.
El Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha declarado por unanimidad que el ‘stealthing’ es delictivo. En la deliberación sobre la pena a imponer, cinco magistrados, que anuncian voto particular, entienden que debe ser la correspondiente a una penetración sin consentimiento.

En una reciente publicación del medio elderecho.com se da a conocer el artículo «El Tribunal Supremo declara delictivo el ‘stealthing’».
El TS ha emitido un fallo en relación con el caso de ‘stealthing’ (acción de retirar el preservativo sin consentimiento durante el acto sexual), con origen en sentencia de la Audiencia de Sevilla que impuso a un hombre una pena de cuatro años de prisión por abuso sexual y seis meses adicionales por lesiones, debido a la transmisión de una enfermedad sexual que requirió tratamiento médico.
La Audiencia condenó al implicado, decisión que fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. No obstante, la defensa interpuso un recurso de casación, llevando el caso ante el Tribunal Supremo, que se pronuncia por primera vez sobre esta práctica sexual.
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El Supremo deliberará sobre si los casos de «stealthing» son delitos contra la libertad sexual, como están ya fallando los tribunales.

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