Diario Constitucional

Requerimiento de inaplicabilidad rechazado.

Norma que permite apelar la resolución que se pronuncia sobre la petición de desafuero rechazada por el Tribunal de Alzada, se impugna por la Diputada Erika Ñanco, ante el Tribunal Constitucional.

El requirente alega que la norma legal objetada infringe el debido proceso, el principio de legalidad y el artículo 61, inciso segundo, de la Constitución, desde que a pesar de que la Carta Magna admite únicamente la posibilidad de apelar en contra de la resolución que acoge la solicitud de desafuero, el Tribunal de Alzada admitió el recurso de apelación en contra de la sentencia que rechazó la solicitud de desafuero para que conozca de esta la Corte Suprema.

Por Redacción·13 de junio de 2024·2 min de lectura
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Referencial

La Diputada, Ericka Ñanco Vásquez, del partido de Revolución Democrática, solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 418 del Código Procesal Penal.

El precepto legal impugnado establece:

“Artículo 418.- Apelación. La resolución que se pronunciare sobre la petición de desafuero será apelable para ante la Corte Suprema.” (Art. 418, Código Procesal Penal).

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