Reclamo de ilegalidad acogido.
Corte de Santiago ordena pago de subsidio de incapacidad temporal a bombero accidentado.
El Tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario de la CMF, al denegar el pago del subsidio solicitado.

La Corte de Santiago acogió el reclamo de ilegalidad interpuesto en contra de la resolución exenta, dictada por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), y ordenó pagar el subsidio por incapacidad temporal a voluntario que sufrió un accidente de tránsito cuando se dirigía a una sesión ordinaria en la Primera Compañía de Bomberos de Hualpén.
El fallo señala que, en relación con que el reclamo se dirija en contra de uno de aquellos actos que la ley permite, aparece claro de la lectura del libelo pretensor que la acción se ha interpuesto en contra de la que deduce reclamo de ilegalidad respecto de la Resolución Exenta N°5608 de la Comisión para el Mercado Financiero, de fecha 7 de agosto de 2023, mediante la cual se rechazó el recurso de reposición presentado por el reclamante, en contra de la Resolución Exenta N° 4806 de 6 julio de 2023, que a su vez, negó el pago de los beneficios contemplados en el DL 1757, de 1977.
La resolución agrega que de esta manera, es prístino que el acto objeto del reclamo se inscribe entre aquellos en contra de los cuales el mentado artículo 70, permite dirigirlo, pues a fin de cuentas por su intermedio la autoridad rechazó un recurso de reposición administrativa deducido en contra de una resolución que desestimó la solicitud de subsidio por incapacidad temporal efectuado por el Cuerpo de Bomberos de Hualpén, en perjuicio del voluntario Mauricio Eduardo Gajardo Escribano.
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