Diario Constitucional

Opinión.

El señor del fuego: ¿un incendio intencional con resultado de muerte?, por Rodrigo Andrés Guerra Espinosa.

La relación circunstanciada de hechos, su valoración en el proceso según las exigencias trazadas por el legislador y el grado de contribución en esta, son elementos de reflexión en campo de la responsabilidad penal. Y ello está motivado por las implicancias de la intención en el proceso, lo que es especialmente relevante en el caso de Francisco Ignacio Mondaca o el brigadista de Conaf Franco Pinto Orellana —alias “el señor del fuego”— acusado por el mega incendio de Valparaíso.

Por Rodrigo Andrés Guerra Espinosa·14 de julio de 2024·5 min de lectura
Imagen: rvl.uv.cl
Referencial

Recientemente el Juzgado de Garantía de Valparaíso decretó una medida de prisión preventiva en contra de Francisco Ignacio Mondaca y Franco Antonio Pinto Orellana. Esto ante la concurrencia de antecedentes calificados que permitirían presumir su participación en el delito de incendio con resultado de muerte de 137 personas en las comunas de Viña del Mar, Quilpué y Villa Alemana en febrero de este año[1]. Es así como cabe reflexionar a propósito de este caso sobre la posibilidad de imputar responsabilidad por la muerte de sus víctimas. Inicialmente podríamos pensar que aquello no es posible. Sin embargo, cabe preguntarnos, ¿es responsable un bombero que provoca un incendio por la muerte de sus víctimas, considerando que sus propósitos se centran en la conveniencia económica de hacer horas extras en su combate contra el fuego? ¿Cabe atribuir por estas consecuencias una responsabilidad objetiva? Nos parece que para conocer el por qué sería posible atribuir responsabilidad por la muerte de las víctimas del incendio, es indispensable echar un vistazo a la intención y la regulación del delito de incendio en el ordenamiento chileno más allá de los presupuestos de este caso.

Si bien la intención —para algunos dolo o finalidad— no es posible de observar en aquello que nos rodea, esta ocupa espacio en la atribución de un hecho ilícito, es lo propio de una atribución subjetiva: argumentos para determinar si existe libertad en la realización de una acción u omisión contraria al ordenamiento jurídico. Así, la relación circunstanciada de hechos, su valoración en el proceso según las exigencias trazadas por el legislador y el grado de contribución en esta, son elementos de reflexión en campo de la responsabilidad penal. Y ello está motivado por las implicancias de la intención en el proceso, lo que es especialmente relevante en el caso de Francisco Ignacio Mondaca o el brigadista de Conaf Franco Pinto Orellana —alias “el señor del fuego”— acusado por el mega incendio de Valparaíso.

La intención con que ejecutamos un ilícito, representarse la muerte de inocentes como consecuencia de nuestra acción, incendiar algún objeto sin la intención de matar a otros, son puntos clave en el proceso penal. Estos ayudan a pensar en la libertad de nuestras acciones y la responsabilidad que deriva de estas en sociedad. Por eso, las exigencias que demanda un juicio de atribución de responsabilidad es una tarea intelectual que muestra un espectro de posibles intenciones en el caso de prender fuego a una cosa.

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