Diario Constitucional

Análisis de los objetivos e implicaciones del Reglamento de Inteligencia Artificial que entrará en vigor en agosto de 2024.

El Reglamento de Inteligencia Artificial de la Unión Europea: “Un Reglamento para una Nueva Era”. Principales Aspectos y Obligaciones, por Rodolfo Tesone Mendizábal.

Todas las empresas que vayan a usar y/o desarrollar sistemas de IA deben disponer de un Sistema de Gestión de Cumplimiento Legal de la IA que permita gestionar riesgos, no solo con respecto al RIA, sino también en materias como Propiedad Intelectual, Protección de Datos, Confidencialidad, Secreto empresarial, Ciberseguridad, Defensa de Consumidores y Usuarios, Derecho Laboral, Derecho Civil, Derecho Penal etc, así como un Plan de Formación y Capacitación.

Por Rodolfo Tesone Mendizábal·28 de julio de 2024·7 min de lectura
Imagen: elderecho.com
Referencial

El 12 de julio de 2024, ha sido publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) el Reglamento de Inteligencia Artificial de la Unión Europea (RIA), y entrará en vigor (por fin) el 1 de agosto.

Este marco regulador es la primera iniciativa regulatoria integral a nivel mundial en establecer directrices y normativas específicas para el desarrollo, despliegue y uso de la IA, y representa un hito significativo en la legislación tecnológica. El reglamento busca asegurar que la IA se desarrolle y utilice de manera ética y segura, minimizando los riesgos asociados y promoviendo la innovación responsable.

A. Objetivos del Reglamento

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