Recurso de nulidad rechazado por Corte de Iquique.
Insistir en una interpretación de los hechos que ya fueron objeto de decisión en primera instancia se aparta de la naturaleza, características y finalidades del recurso de nulidad.
Sostener lo contrario equivale a transformar el presente arbitrio en un verdadero recurso de apelación.

La Corte de Apelaciones de Iquique rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad, que condenó al acusado como autor de un delito de maltrato de obra a carabineros de servicio, causando lesiones graves, previsto y sancionado en el artículo 416 bis N°2 del Código de Justicia Militar.
El recurrente alegó que los sentenciadores fallaron con error en la valoración de la prueba e infringiendo su deber de fundamentación, desde que no sólo no tuvieron en consideración la versión del acusado, sino que, además, no se hicieron cargo de las falsedades y contradicciones de los policías, ya que uno de ellos declaró en estrados que había recibido un solo golpe, en circunstancias que en sede investigativa había declarado que fueron varios y tampoco fue capaz de explicar cómo se lesionó si estaba empuñando un aparato de radio.
Aduce que, como bien consta en el video que grabó el imputado en el carro policial, éste se encontraba tranquilo e interactuando con el personal policial, de modo que se condenó existiendo duda sobre cómo ocurrió la lesión, puesto que, además, para que el supuesto golpe que le habría dado el imputado al funcionario para provocar la lesión descrita en la acusación, tendría que haber sido no solo de gran magnitud, sino que también amortiguado en una base para dañarlo.
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